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Federación Internacional de Tenis absuelve a Robert Farah; no lo encontró culpable por consumo de baldenona

–La Federación Internacional de Tenis, FIT, levantó la suspensión provisional al jugador colombiano Robert Farah y podrá volver de inmediato a las canchas, tras absolverlo por el consumo de baldenona.

Según el dictamen, la máxima autoridad del tenis internacional determinó que Farah no tiene culpa ni negligencia por la violación de las Reglas Antidopaje y que se encontró en su cuerpo una mínima cantidad de la sustancia producto de la ingesta de carne.

La ITF aseguró que la presencia mínima de boldenona en la muestra de Farah tomada el 17 de octubre del 2019 no fue intencional en la medida que él no sabía que la carne que consumió contenía boldenona y no había alerta que le indicaran que el consumir esa carne pudiera llevarlo a un resultado positivo en un control antidopaje.

La Federación Colombiana de Tenis también emitió un comunicado en el cual indica que el programa Antidopaje de la Federación Internacional de Tenis ha anunciado hoy que el jugador colombiano Robert Farah no ha cometido ninguna falta intencional contra el Programa, entre tanto, la concentración de Boldenona hallada en su organismo no constituye un caso de dopaje.

Robert y su equipo de abogados explicaron de manera contundente que la sustancia ingresó a su organismo de manera no intencional, mediante el consumo de carne la noche anterior a la toma de la muestra en la ciudad de Cali (Colombia).

Los argumentos presentados por la defensa del jugador fueron aceptados por el programa de antidopaje, determinando que no hubo falta al mismo, en este sentido la suspensión provisional impuesta se levanta de manera inmediata y nuestro jugador podrá integrarse a la competencia inmediatamente.

Finalmente, la Federación Colombiana de Tenis agradece a todos los colombianos, aficionados y medios de comunicación, que sin excepción, confiaron en la integridad de nuestro tenista Robert Farah.

En en el comunicado la FIT hace además las siguientes precisiones:

Se ha emitido una decisión bajo el Programa Antidopaje de Tenis (el «Programa») de que Robert Farah ha cometido una Infracción de las Reglas Antidopaje según el Artículo 2.1 del Programa 2019. No se impuso ningún período de inelegibilidad.

Farah, un jugador colombiano de 32 años, proporcionó una muestra de orina como parte de una misión de prueba fuera de competencia el 17 de octubre de 2019. Esa muestra fue enviada a la Agencia Mundial Antidopaje (“AMA”) laboratorio acreditado en Montreal, Canadá para análisis, y se encontró que contenía boldenona y su metabolito. La boldenona es una sustancia no especificada, que está prohibida en la categoría S1 de la Lista de Prohibiciones de la AMA 2019 (Agentes anabólicos) y, por lo tanto, también está prohibida en el Programa. Las pruebas positivas para sustancias no especificadas conllevan una suspensión provisional obligatoria y el Sr. Farah fue suspendido provisionalmente con efecto a partir del 21 de enero de 2020.

El 11 de enero de 2020, el Sr. Farah fue acusado de una violación de las normas antidopaje en virtud del artículo 2.1 del programa (presencia de una sustancia prohibida en la muestra de un jugador). La cuenta del Sr. Farah de cómo el Boldenone ingresó a su sistema fue aceptada y fue determinó que no tiene culpa ni negligencia por la violación en el sentido del Artículo 10.4 del Programa. Cuando se determina que no hay fallas o negligencias, el Artículo 10.4 del Programa establece que cualquier período de Inelegibilidad aplicable se eliminará por completo. Por lo tanto, la suspensión provisional del Jugador (impuesta el 21 de enero de 2020) se levanta con efecto inmediato, y no cumplirá ningún período de Inelegibilidad por su violación. Para evitar dudas, el Sr. Farah es elegible para reanudar la competencia de inmediato.

Esta es la primera violación de las normas antidopaje del Sr. Farah. La decisión determina que: (1) el Sr. Farah ha cometido una violación del Programa; (2) no hay período de inelegibilidad; y (3) el Sr. Farah es elegible para competir con efecto inmediato. Esta decisión está sujeta a apelación por la AMA y NADO Colombia (COLDEPORTES) ante la Corte de Arbitraje Deportivo. Fin del comunicado.

COMUNICADO DE ROBERT FARAH

«Gracias Colombia», escribió Robert Farah en su cuenta en Twitter, tras la determinación de la FIT de absolverlo por el caso de dopaje y publicó el siguiente comunicado: