Economía

Los 7 operadores de boletería investigados por la Superindustria tras cancelación de eventos por Covid-19

Radio Santa Fe BB
–La Superintendencia de Industria y Comercio anunció la apertura de una investigación administrativa en contra de siete operadores de boletería, por la posible omisión en el reporte de las medidas adoptadas frente a los consumidores que adquirieron boletas para asistir a los espectáculos públicos suspendidos con ocasión a la declaratoria de emergencia sanitaria y la orden de aislamiento preventivo obligatorio por el Covid-19.

Indicó que la decisión de investigar a estas empresas se tomó luego de que la Dirección de Investigaciones de Protección al Consumidor de la Superindustria, en atención a las competencias asignadas en materia de espectáculos públicos de las artes escénicas, requiriera a 31 operadores de boletería en todo el país, para que informaran las medidas adoptadas de cara a los consumidores, con ocasión de la imposibilidad de realizar dichos eventos después de que, a través de resoluciones y decretos expedidos por el Gobierno Nacional, se prohibieran reuniones, aglomeraciones y posteriormente se decretara el aislamiento preventivo.

No obstante lo anterior, los operadores de boletería APPLAUSO S.A.S, BET EXPERIENCE S.A.S, GRUPO CHEKIING S.A.S, QUBIT LABS S.A.S, EASY TICKETS S.A.S, TU TAQUILLA SAS y WELCU COLOMBIA S.A.S., no atendieron el requerimiento efectuado por esta Superintendencia, pese a que, entre los eventos comercializados por los mismos, se encontraban los siguientes:

Por lo anterior, mediante Resoluciones N°. 17281, 17282, 17283, 17284, 17278, 17279 y 17280, de abril de 2020, se imputaron cargos contra APPLAUSO S.A.S, BET EXPERIENCE S.A.S, GRUPO CHEKIING S.A.S, QUBIT LABS S.A.S, EASY TICKETS S.A.S, TU TAQUILLA SAS y WELCU COLOMBIA S.A.S., respectivamente, por no atender la instrucción contenida en el numeral 2.10.2 de la Circular Única de esta Superintendencia referente al reporte de las medidas que se están adoptando con ocasión de la cancelación de espectáculos públicos y por inobservancia a las órdenes impartidas por la Dirección de Investigaciones de Protección al Consumidor en ejercicio de las facultades del artículo 59 de la Ley 1480.

Los otros 24 operadores requeridos informaron que entre las soluciones brindadas a los consumidores se encuentran:

– Devolución de dinero.
– Reprogramación del evento, para lo cual, los compradores deberán conservar la boleta adquirida previamente.
– Publicación de la información de las medidas adoptadas en las páginas de internet y redes sociales de cada operador.
– Atención de las peticiones, quejas y reclamos PQR´S recibidas con ocasión a la suspensión de los eventos.

Contra el acto administrativo de formulación de cargos NO procede recurso y en caso de encontrar probadas las imputaciones de inobservancia, podrían imponerse multas de hasta 1.000 SMMV.