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Chocó: juez ordenó suministro de elementos de protección a trabajadores de Hospital de Quibdó

Foto de: Hospital Ismael Roldan

Al acoger la solicitud de la Procuraduría General de la Nación, el Juez Primero Administrativo Oral del Circuito de Quibdó ordenó a la ESE Hospital Ismael Roldan Valencia de Quibdó, la Secretaria de Salud y a la Aseguradora Riesgos Laborales Positiva, que dentro de los próximos cinco días aseguren el suministro de los elementos protección personal (EPP) a los trabajadores de la institución, para evitar contagios de covid-19.

El juez amparó el derecho fundamental al trabajo en condiciones dignas y justas de los funcionarios de la ESE, y dispuso que las entidades accionadas deben garantizar la entrega de EPP al personal asistencial, administrativo y de apoyo, aseo, vigilancia y alimentación, según el área de atención para covid-19.

Ordenó al hospital el suministro de un equipamiento médico de protección, que incluya elementos para el aseo, limpieza, desinfección y disposición final de estos; la organización de áreas comunes y zonas de trabajo con suficientes puntos para el lavado de manos, de acuerdo con los protocolos de distanciamiento, y casilleros para evitar que ropa de calle esté en contacto con la de trabajo, y demás elementos de protección.

El juez también ordenó a la ARL Positiva, que además de garantizar la entrega de los EPP para el control y la mitigación de la transmisión del coronavirus, preste la asesoría, asistencia y supervisión necesaria para la formulación del plan de identificación de peligros, evaluación, valoración de riesgos laborales y determinación de controles para quienes prestan sus servicios en el hospital.

Finalmente, estableció que la Secretaria de Salud del municipio vía correo electrónico presente informes semanales sobre los factores de riesgo para la salud de los trabajadores de la entidad, “en cumplimiento de su competencia de vigilancia y control, desde la notificación del fallo y hasta que se reporte la mitigación del riesgo por contagio en dicho centro hospitalario”, y que la alcaldía apoye técnica, financiera y económicamente en la consecución de los insumos y equipamiento médico para mejorar la capacidad y condiciones de atención de la pandemia covid-19 en la ESE, adscrita a la estructura de la administración municipal.

El Ministerio Público instauró la acción de tutela al verificar que las entidades accionadas no cumplieron con el deber de suministrar los EPP, insumos y equipamiento médico, al personal del hospital, y no haber ejercido a cabalidad sus funciones de inspección, control y vigilancia.