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Transmisión en vivo de la muerte de un paciente de coronavirus en Bolivia causa indignación

Captura del programa «No Mentirás»
–La Defensoría del Pueblo del Estado Plurinacional de Bolivia condenó «la falta de ética y responsabilidad» del programa televisivo ‘No mentirás’, de la cadena boliviana PAT, que emitió en vivo la muerte de un enfermo de coronavirus.

Las controvertidas imágenes mostraron, durante más de media hora, la agonía de un hombre no identificado, que sufría un paro cardiorespiratorio mientras los médicos intentaban reanimarlo sin éxito en un hospital de Santa Cruz.

El programa justificó la emisión de la durísima secuencia alegando una necesidad de denunciar el supuesto abandono que sufren los profesionales sanitarios por parte de las autoridades del país. Aun así, el rechazo a su contenido ha sido prácticamente unánime.

«Estas imágenes no se pueden considerar como información útil para la sociedad», manifestó la Defensora del Pueblo, Nadia Cruz, que advirtió que «además de transgredir derechos constitucionales y legales, daña la sensibilidad de los espectadores en su conjunto».

“Condenamos este tipo de tratamiento noticioso que se dio en el programa No Mentiras, que denota sensacionalismo al exhibir, de forma reiterativa y morbosa, imágenes de un procedimiento cardiopulmonar efectuado a una persona con presuntos síntomas de coronavirus que, lamentablemente, concluyó con su deceso; lo cual, además de transgredir derechos constitucionales y legales, daña la sensibilidad de los espectadores en su conjunto”, expresó la Defensora del Pueblo.

“La transmisión en vivo de la situación de una persona con esa enfermedad, en un módulo colegial donde atienden médicos voluntarios denominados “Ángeles COVID”, evidentemente, riñe con el ordenamiento jurídico nacional, con los lineamientos y recomendaciones internacionales relativas a la atención de las personas diagnosticadas con COVID- 19 y con las disposiciones contenidas en el Código Nacional de Ética Periodística, que puede generar una suerte de miedo colectivo”, manifestó la Defensora.

Cruz recordó que el Estado tiene la obligación de proteger la privacidad de las personas diagnosticadas con COVID- 19, a fin de precautelar la vida, integridad y seguridad de ellas y de sus entornos familiares, en cumplimiento de lo que dispone la CPE y, en este caso particular, lo que señala la Ley 3131 del Ejercicio Profesional Médico.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), así como la Organización de las Naciones Unidas, instaron a que los Estados protejan la información personal de los pacientes y a que todo uso de tecnología se atenga a las más estrictas protecciones y que sólo esté disponible de acuerdo a la legislación nacional que sea compatible con las normas internacionales de derechos humanos.

En esa misma línea, Human Right Watch en su documento técnico titulado “Dimensiones de derechos humanos en la respuesta al COVID-19” refirió que: “Los gobiernos deberían garantizar la protección de la confidencialidad de los pacientes, incluso cuando las autoridades tomen medidas para identificar a quienes hayan estado expuestos al virus”.

La Defensora hizo un llamado a las asociaciones de periodistas a generar un proceso de reflexión que, al menos, reproche y evite que este tipo de hechos se repitan.