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La Corte Constitucional le dio vía libre al impuesto a bebidas azucaradas

El artículo de la reforma tributaria del presidente Gustavo Petro, que busca cobrar un impuesto a las bebidas azucaradas, fue aprobado por la Corte Constitucional. En una votación de 8 a 0, la Sala Plena del alto tribunal dio su luz verde para que entre en vigencia desde el 1 de noviembre de este año.

Esta ponencia fue del saliente magistrado Alejandro Linares, en la cual señalaba que este nuevo impuesto es constitucional. Antes de esto, el alto tribunal estudio dos demandas en contra del artículo donde el abogado Juan Manuel Charry y la de Miryam Anaya, donde decían que esta medida era irrazonable.

La corte Concluyo que «si bien la medida analizada podría generar un impacto desde la perspectiva del libre mercado –en tanto eleva el precio de las bebidas azucaradas ultraprocesadas y desestimula su compra por parte del consumidor-, resultaba claro que la limitación se aprecia razonable y proporcionada a la luz de la realización del interés público, representado en él desincentivo del consumo de productos que podrían afectar la salud del colectivo».

Según la Reforma Tributaria (Ley 2277 de 2022), las bebidas azucaradas sobre las que se cobrara este impuesto son las bebidas gaseosas y carbonatadas, a base de malta, tipo café, a base de fruta, refrescos, zumos y néctares de fruta, energizantes, deportivas, refrescos, agua saborizada y mezclas en polvo.