Judicial Nacional

Mancuso será recluido en cárcel de La Picota, en Bogotá, una vez llegue al país

–En la cárcel La Picota en Bogotá será recluido el excabecilla paramilitar Salvatore Mancuso, una vez llegue deportado de Estados Unidos este martes a la capital del país para rendir testimonio ante la justicia en el proceso contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez por los delitos de fraude procesal y soborno a testigos.

Mancuso permanecerá incomunicado, solo en una celda de esta prisión de máxima seguridad, bajo vigilancia permanente las 24 horas del día, hasta cuando comparezca en la diligencia judicial.

El excabecilla paramilitar proviene de un centro de detención de migrantes en el condado de Stewart, Georgia, EE.UU, luego de cumplir una condena de 15 años y 10 meses de prisión por narcotráfico.

Mancuso completó la pena en marzo de 2020 gracias a que el juez estadounidense que lo condenó le validó el tiempo que estuvo encarcelado en Colombia, desde 2006, así como los años que había pasado en prisión en Estados Unidos a la espera de juicio.

Mancuso formó parte del grupo de 14 altos cabecillas de las autodefensas que fue extraditado a Estados Unidos el 13 de mayo de 2008 en aviones de la Agencia Antidrogas Estadounidense, DEA, en el gobierno de Álvaro Uribe Vélez.

Un año después de llegar extraditado a EE.UU, Mancuso se declaró culpable de los cargos de narcotráfico que le imputó la justicia estadounidense y en 2015 fue sentenciado a 15 años y 10 meses de cárcel.

En Colombia, Salvatore Mancuso tiene pendientes 35 procesos penales por 47 mil 814 acciones criminales con 80 mil 737 víctimas.

El 17 de noviembre de 2023, la Jurisdicción Especial para la Paz, JEP, aceptó de manera excepcional el sometimiento de Mancuso en su calidad de sujeto funcional y materialmente incorporado a la fuerza pública, entre 1989 y 2004. En ese periodo, según la JEP, Mancuso ejerció un rol de bisagra en la cúspide, como superior, con la fuerza pública, con capacidad de establecer patrones de macrocriminalidad.?

La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas concluyó que Mancuso, como sujeto bisagra o punto de conexión, tuvo el poder para “mover los hilos» de estructuras militares, empresariales, políticas, e incidir en agentes del Estado de alto rango.

La decisión fue el resultado de las exhaustivas contrastaciones y los análisis de los aportes de verdad hechos por el excabecilla paramilitar durante cuatro días en una Audiencia Única de Aporte de Verdad, llevada a cabo en mayo de 2022, por orden de la Sección de Apelación de la JEP, así como de la información que posteriormente aportó.

La decisión fue adoptada por los magistrados Heydi Baldosea, Pedro Díaz y María del Pilar Valencia García, quienes conforman la Sala Especial E de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas. Esta decisión solo se refiere al sometimiento de Salvatore Mancuso y no se ocupa de su posible responsabilidad en los hechos sobre los cuales declaró y que también son investigados por las salas de Justicia y Paz.

En la JEP, la investigación y el establecimiento de responsabilidades en los hechos a los que se refirió Mancuso ?en la sesión pública y reservada? serán investigados por la Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad. Esta sala determinará a qué macrocasos podrá ser vinculado Mancuso Gómez.

La contrastación realizada por la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de lo dicho por Mancuso consistió en verificar si sobre los hechos mencionados en la Audiencia Única de Aporte de Verdad hay investigaciones, procesos o condenas.

A partir de la contrastación hecha por la JEP, la Sala concluyó que en lo declarado por Mancuso ante la JEP había elementos presentes, efectivos, suficientes y novedosos respecto a hechos que ya se conocían o han sido investigados por la justicia colombiana.

Para hacer la contrastación, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas hizo una triangulación y cruce de información a partir de las declaraciones de Mancuso en la JEP, las pruebas y soportes que aportó posteriormente y las fuentes judiciales consultadas.

La Sala consideró relevantes las manifestaciones de Mancuso sobre su participación en la planeación y ejecución de operaciones que eran exclusivas de las Fuerzas Militares, de la Policía Nacional o de organismos de inteligencia, como el DAS. También, el hecho de que manifestara su incidencia en el nombramiento o en la remoción de agentes del Estado y que tuviera la capacidad de condicionar los procedimientos reglamentarios relacionados con el otorgamiento de licencias a las Convivir.

A su vez, se consideró relevante la entrega de material de intendencia, los permisos de ingreso a instalaciones militares y la capacidad de Mancuso de incidir para impedir capturas, como lo ocurrido en La Guajira con Rodrigo Tovar Pupo, o su capacidad para alterar registros penales en su contra o en contra de otros miembros de grupos paramilitares.

Salvatore Mancuso presentó su solicitud de sometimiento a la JEP en 2018 en calidad de tercero civil. Esa solicitud fue rechazada en primera instancia ?en una decisión dividida? por la Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad en junio de 2020, por tratarse de un excomandante paramilitar, condición sobre la que no tiene competencia la JEP.

La decisión fue apelada y la Sección de Apelación de la JEP la ratificó. Sin embargo, la sección abrió una ventana al condicionar el eventual ingreso de Mancuso a que demostrara su condición de bisagra o punto de conexión entre los paramilitares y la fuerza pública. Para ello, la Sección de Apelación ordenó la realización de una Audiencia Única de Aporte de Verdad, que se llevó a cabo en mayo pasado en Montería (Córdoba) durante cuatro días y que concluyó este viernes 17 de noviembre, en Bogotá.

En la diligencia de Montería, que tuvo una duración de 36 horas, Mancuso debió aportar pruebas y demostrar que ejerció un rol de sujeto incorporado material y funcionalmente a la fuerza pública, y que ejerció un rol esencial en la coordinación de esas acciones.

La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas recalcó la excepcionalidad que caracteriza la aceptación de la solicitud de sometimiento de Salvatore Mancuso.

Durante la Audiencia Única de Aporte a la Verdad, Mancuso mencionó a más de 300 personas que, según él, estarían involucradas en los hechos que relató, ya sea por acción, por omisión o por algún tipo de relacionamiento con las conductas.

En este caso, la JEP hizo las respectivas compulsas de copias a la Corte Suprema de Justicia, a la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes, a la Fiscalía General de la Nación, a la Procuraduría General de la Nación y a otros entes con competencia sobre los sujetos mencionados.