Foto: Hacienda
Agentes retenedores del impuesto de Industria y Comercio que hayan practicado retenciones a título de ICA, correspondientes al primer bimestre del año gravable 2024, podrán declarar y pagar su obligación a más tardar el viernes 15 de marzo. Después de esa fecha, tendrán que asumir sanciones por extemporaneidad e intereses moratorios.
Los contribuyentes deben ingresar a la Oficina Virtual de la Secretaría Distrital de Hacienda (SDH), allí podrán realizar el pago a través del botón PSE o transferencia bancaría, o si lo prefieren de forma presencial, podrán descargar su declaración para realizar el pago por ventanilla en las entidades bancarias autorizadas para el recaudo.
El pago del segundo bimestre (marzo y abril), está programado para el 17 de mayo de acuerdo con el calendario tributario.

