Nacional

Petro expide, al fin, el Decreto en el cual declara «estado de conmoción» por 90 días; cobija al Catatumbo, a Cúcuta, 5 municipios aledaños y 2 municipios de Cesar

–Este viernes el presidente Gustavo Petro expidió el Decreto 0062, que solo tiene un artículo, mediante el cual declara el estado de conmoción interior, por el término de noventa días contados a partir de la fecha, en la región del Catatumbo, ubicada en el nororiente del departamento de Norte de Santander, haciéndola extensiva al área metropolitana de Cúcuta, capital departamental y a los municipios de Villa del Rosario, Los Patios, El Zulia, San Cayetano y Puerto Santander, así como a los municipios de Río de Oro y González del departamento de Cesar”.

En el Catatumbo, la medida cobija a los municipios de Ocaña, Abrego, El Carmen, Convención, Teorama, San Calixto, Hacarí, La Playa, El Tarra, Tibú y Sardinata, y los territorios indígenas de los resguardos Motilón Barí y Catalaura, La Gabarra.

Según el Ejecutivo, esta medida busca frenar la violencia desatada por grupos armados y que ha generado desplazamientos forzados, asesinatos y una crisis humanitaria que afecta a miles de familias.

“Adoptamos medidas extraordinarias para garantizar la seguridad del Estado, proteger los derechos de la población y restablecer la convivencia ciudadana”, puntualiza el decreto.

En los considerandos, el decreto advierte que para recuperar el control del orden público en la zona de frontera con Venezuela, resulta imperioso adoptar las medidas necesarias que permitan garantizar el pleno ejercicio de la soberanía, la protección de la vida y demás derechos de la población.

Agrega que estas circunstancias impiden el normal funcionamiento y coordinación entre las autoridades ambientales y las demás autoridades administrativas de la región, lo cual imposibilita la protección efectiva a los ecosistemas estratégicos que se ubican en ella, por lo que resulta fundamental implementar medidas de carácter extraordinario orientadas, por una parte, a prevenir o mitigar el riesgo de afectación ambiental producto del accionar de las estructuras armadas ilegales y de otra, a asegurar las condiciones institucionales y de orden público que se requieren para garantizar el cuidado de áreas protegidas y el control y manejo sostenible de los recursos naturales renovables.

Reseña que el Gobierno, en el marco de la política de Paz Total, “ha incentivado y promovido la presencia y las ofertas institucionales en la región del Catatumbo, mediante programas dirigidos a la sustitución de los cultivos ilícitos y la vinculación a actividades de economía productiva legal, entre otros”.

Indica además que de acuerdo con informes oficiales “los municipios de Norte de Santander pertenecientes a la región del Catatumbo concentraban 43.178 hectáreas de cultivos de coca, de las cuales el 63,3 % (27.329 hectáreas) estaban ubicadas en los municipios de Sardinata y Tibú; así mismo, que, desde entonces, dichos cultivos se han incrementado, habida cuenta de la reactivación del mercado de la coca para fines ilícitos”.

Añade que “el Eln ha incrementado sus ataques y hostilidades contra la población civil y, especialmente, contra los firmantes del acuerdo final de paz en la región del Catatumbo, lo cual es promovido y financiado, entre otros, con los recursos provenientes de las actividades y economías ilegales en esta región”.

Subraya que “desde el 16 de enero de 2025, la grave perturbación del orden público en la región del Catatumbo se ha intensificado como consecuencia del despliegue militar, las hostilidades y las operaciones armadas del Eln en contra de la población civil y las instituciones, lo que ha generado una grave e imprevisible crisis humanitaria que compromete, entre otras, a poblaciones especialmente vulnerables como el pueblo indígena Barí, líderes sociales, niños, niñas y adolescentes, campesinos y campesinas”.

Señala también “que, según la información reportada por las autoridades territoriales en los Puestos de Mando Unificados, en el marco de la escalada de violencia y con corte al 21 de enero de 2025, se han confirmado 381 homicidios (incluidos 5 firmantes del acuerdo final de paz), sin que sea posible descartar la existencia de un número mayor de víctimas mortales ante las extremas dificultades que enfrentan las autoridades para la recolección e identificación de cuerpos en las zonas más afectadas por la confrontación, así como múltiples casos de I lesiones personales y desapariciones forzadas”, dice la norma.

Con respecto al desplazamiento forzado, se denuncia que, de acuerdo con la información proporcionada por el Comité de Justicia Transicional, con corte a 22 de enero de 2025, “el consolidado de la población desplazada forzadamente es de 36.137 personas. En contraste, durante todo el año 2024 el RUV (Registro Único de Víctimas) reportó un total de 5.422 desplazados forzadamente” y recuerda que, con corte a 21 de enero de 2025, del total de personas desplazadas forzadamente, 16.482 se encuentran resguardadas en albergues y refugios ubicados en distintos municipios de Norte de Santander.

De la misma manera, se refiere al informe del ministerio de Relaciones Exteriores, en el sentido de que, debido a la situación de orden público, entre el 17 y el 19 de enero pasado hubo un flujo migratorio hacia Venezuela que alcanzó las 700 personas diarias; y que los días 20 y 21 de enero de 2025 se presentó una leve disminución a cerca de 400 personas por día.

Hasta el 21 de enero, la Alcaldía de Cúcuta ha atendido a 15.086 personas como consecuencia del escalamiento de las hostilidades y los ataques a la población civil en la región del Catatumbo; además, en los municipios de Tibú, Teorama y San Calixto se presenta el confinamiento de 7.122 personas y que, en general, los municipios receptores de población víctima del conflicto afrontan desbordamiento institucional, lo cual afecta negativamente su capacidad de protección de derechos de esta población.

Ante esta situación, el decreto advierte sobre las dificultades que existen en la atención de servicios primarios de salud, así como asistencia humanitaria, y el riesgo en la prestación de los servicios públicos esenciales (agua, energía y gas) porque no se han podido adelantar las labores de mantenimiento.

“En atención a la gravedad de la situación excepcional que se vive en la región del Catatumbo, caracterizada por el aumento de la violencia, la crisis humanitaria, el impacto en la población civil, las amenazas a la infraestructura crítica y el desbordamiento de las capacidades institucionales, se hace imprescindible la adopción de medidas extraordinarias que permitan conjurar la perturbación, restablecer la estabilidad institucional, la seguridad del Estado y la convivencia ciudadana, así como garantizar el respeto de los derechos fundamentales”, anota la norma.

Con respecto al desplazamiento forzado, se denuncia que, de acuerdo con la información proporcionada por el Comité de Justicia Transicional, con corte a 22 de enero de 2025, “el consolidado de la población desplazada forzadamente es de 36.137 personas. En contraste, durante todo el año 2024 el RUV (Registro Único de Víctimas) reportó un total de 5.422 desplazados forzadamente” y recuerda que, con corte a 21 de enero de 2025, del total de personas desplazadas forzadamente, 16.482 se encuentran resguardadas en albergues y refugios ubicados en distintos municipios de Norte de Santander.

De la misma manera, se refiere al informe del ministerio de Relaciones Exteriores, en el sentido de que, debido a la situación de orden público, entre el 17 y el 19 de enero pasado hubo un flujo migratorio hacia Venezuela que alcanzó las 700 personas diarias; y que los días 20 y 21 de enero de 2025 se presentó una leve disminución a cerca de 400 personas por día.

Hasta el 21 de enero, la Alcaldía de Cúcuta ha atendido a 15.086 personas como consecuencia del escalamiento de las hostilidades y los ataques a la población civil en la región del Catatumbo; además, en los municipios de Tibú, Teorama y San Calixto se presenta el confinamiento de 7.122 personas y que, en general, los municipios receptores de población víctima del conflicto afrontan desbordamiento institucional, lo cual afecta negativamente su capacidad de protección de derechos de esta población.

Ante esta situación, el decreto advierte sobre las dificultades que existen en la atención de servicios primarios de salud, así como asistencia humanitaria, y el riesgo en la prestación de los servicios públicos esenciales (agua, energía y gas) porque no se han podido adelantar las labores de mantenimiento.

“En atención a la gravedad de la situación excepcional que se vive en la región del Catatumbo, caracterizada por el aumento de la violencia, la crisis humanitaria, el impacto en la población civil, las amenazas a la infraestructura crítica y el desbordamiento de las capacidades institucionales, se hace imprescindible la adopción de medidas extraordinarias que permitan conjurar la perturbación, restablecer la estabilidad institucional, la seguridad del Estado y la convivencia ciudadana, así como garantizar el respeto de los derechos fundamentales”, anota la norma.

El decreto precisa que «tal y como lo establece el artículo 95 de la Constitución Política es deber de las personas contribuir al financiamiento de los gastos e inversiones del Estado, y que, independientemente del estado de anormalidad, se deben respetar las normas constitucionales que en materia tributaria protegen las competencias y recursos de las entidades territoriales, conforme lo disponen los artículos 294,317 Y 362 superiores”.

Igualmente considera necesario proveer que recursos a las entidades del Estado que deben intervenir respecto de los actos que dieron dado lugar a la conmoción interior para impedir que se extiendan sus efectos, adaptando medidas que permitan la consecución de recursos adicionales, incluyendo medidas tributarias y presupuestales, entre otras”.

Por lo tanto, subraya, es necesario adoptar medidas que faciliten el uso de los recursos del Sistema General de Participaciones y del Sistema General de Regalías en el marco de los derroteros constitucionales vigentes.

Dice igualmente que dada la excepcionalidad de la situación el Gobierno nacional deberá recurrir a recursos fiscales extraordinarios y a modificaciones del PGN con el objeto de financiar por una parte las acciones y capacidades de la Fuerza Pública para el restablecimiento del orden público y por otra los proyectos y programas de inversión social priorizando los concertados con las autoridades regionales locales y étnicas lo mismo que con las organizaciones sociales en los sectores productivo de infraestructura educación salud y ordenamiento del territorio en aras de avanzar en la transformación territorial y la construcción de paz en la región del Catatumbo.

Además precisa que debido a la magnitud del desafío derivado del restablecimiento del orden público en la región del Catatumbo el Gobierno nacional requiere solicitar la cooperación de organismos internacionales y gobiernos aliados para el financiamiento de programas humanitarios y de estabilización lo cual implica llevar a cabo los ajustes presupuestales correspondientes.

Subraya además que con el propósito de atender la situación descrita, la ejecución de recursos del Sistema General de Participaciones y del Sistema General de Regalías asignados para la presente vigencia fiscal al departamento de Norte de Santander, los municipios de Río de Oro y González del departamento del Cesar, los que componen la región del Catatumbo y el área metropolitana de Cúcuta, está limitada por los requisitos, condiciones y procedimientos legales aplicables, por ejemplo, trámites de convocatoria, aprobación y distribución que impiden su uso inmediato”.

Precisa, además que es necesario adoptar medidas extraordinarias en materia contractual con el objeto de agilizar la ejecución de los recursos requeridos para garantizar la estabilidad institucional, la seguridad del Estado y la convivencia ciudadana en la región del Catatumbo y en el área metropolitana de Cúcuta y que, para garantizar que las contrataciones se realicen de acuerdo con los más altos estándares de transparencia y eficiencia, el Gobierno Nacional deberá implementar mecanismos de control especiales que aseguren la correcta ejecución de los contratos y el uso adecuado de los recursos asignados.

Finalmente destaca que en atención a la gravedad de la crisis que afecta a la región del Catatumbo y el área metropolitana de Cúcuta, y tras constatarse la insuficiencia de los medios ordinarios con los que cuentan las autoridades para conjurar la grave perturbación del orden público, se hace necesario acudir al estado de conmoción interior.