Defensor de Miguel Uribe oficializó demanda penal contra Petro por hostigamiento público que habría provocado el atentado criminal
–Ante la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes fue radicada una denuncia penal contra el presidente Gustavo Petro por el abogado Víctor Mosquera, defensor del senador y precandidato presidencial Miguel Uribe Turbay, quien sigue debatiéndose entre la vida y la muerte en la clínica de la Fundación Santa Fe de Bogotá. El móvil de la denuncia es el hostigamiento público que ejerció el mandatario a través de su cuenta en X contra el aspirante presidencial.
Mosquera advirtió que la denuncia se instauró por el presunto delito de hostigamiento por pertenencia a un partido político, hecho que propició “un ambiente hostil, discriminatorio, de odio contra Miguel Uribe».
El abogado aclaró que ello no quiere decir que se esté relacionando al primer mandatario con el ataque criminal, sino porque pudo haber generado «un ambiente» que desencadenó en el hecho.
«No estoy relacionando esto con el atentado, pero sí generó un ambiente que lo pudo provocar”, subrayó el penalista.
El defensor de Uribe Turbay adjuntó a su demanda 20 páginas con reseñas de las afirmaciones hechas por el jefe del Estado atacando al precandidato presidencial y a otros dirigentes de la oposición, encabezados por el expresidente Álvaro Uribe Vélez, así como 43 trinos en la red social X con similares contenidos.
“¿El nieto de un presidente que ordenó la tortura de 10.000 colombianos hablando de ruptura institucional?”, es uno de los trinos que publico el jefe del Estado en referencia directa a declaraciones que formuló el nieto del extinto expresidente Julio César Turbay Ayala en una intervención en la convención de la Asobancaria.
“¿Vas a llevar, Miguel Uribe, como tu abuelo, a diez mil colombianos a la tortura para frenar al pueblo? Ya no podrás, el pueblo se ha decidido ”, reseñó en otro mensaje en la red social el presidente Gustavo Petro.
Igualmente incluyó un mensaje que Petro escribió en abril de 2024: “Si los amigos de Efraín Cepeda niegan la consulta popular, el pueblo borrará a esos congresistas de la historia de Colombia”.
El abogado Mosquera Marín estableció en su demanda que esta conducta del presidente Gustavo Petro «configura un patrón de hostigamiento institucionalizado que, al deslegitimar y estigmatizar a una figura pública por motivos ideológicos, produce consecuencias reales, previsibles y objetivamente verificables en su entorno de seguridad personal”.
Por el atentado criminal a Uribe Turbay hay cuatro personas judicializadas, más de 300 actividades investigativas y de análisis, según un balance de la investigación entregado por la fiscal general de la Nación, Luz Adriana Camargo Garzón, y el director de la Policía Nacional, mayor general Carlos Fernando Triana Beltrán.
Los elementos materiales probatorios, las evidencias y la información legalmente obtenida en 17 días de trabajo articulado han permitido ubicar y judicializar a cuatro personas.
Se trata del adolescente que disparó contra el congresista; de Carlos Eduardo Mora González, quien habría participado en actividades previas y facilitado un vehículo que conducía para que otros implicados le pasaran el arma del fuego al adolescente el día del ataque; de Katerine Andrea Martínez Martínez, señalada de trasladar y entregar la pistola tipo Glock que usó el adolescente, y estar en inmediaciones del parque ‘El Golfito’, en el barrio Modelia, para asegurarse de la ejecución del acto delictivo; y de William Fernando González Cruz, presunto implicado en los actos de planeación, ubicación y selección del menor de edad que disparó, y apoyo en la huida a los demás involucrados en la acción delictiva.
Los procesados han sido imputados, entre otros delitos, por homicidio agravado en grado de tentativa, fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones, uso de menores de edad en la comisión de delitos, y ocultamiento, alteración o destrucción de elemento material probatorio.
La imputación jurídica de la conducta, que corresponde al delito de homicidio en modalidad de tentativa, tiene una causal de agravación que es la que contempla el numeral cuarto del inciso segundo del artículo 104 del Código Penal, que es ser defensor de derechos humanos, periodista, servidor público y/o miembro de una organización política. En este caso, el agravante expuesto en audiencia por los fiscales radica en la calidad de integrante de una colectividad política del precandidato Uribe Turbay en el momento del atentado.
“…Eso tiene también sustento en otro aspecto, y es que nosotros no tenemos evidencia alguna de un móvil distinto”, explicó la Fiscal General.
Acción investigativa
Como parte del trabajo articulado de la Fiscalía y la Policía Nacional se ha realizado la verificación de 89 cámaras de seguridad, 8 interrogatorios, 43 entrevistas a testigos, 7 diligencias de registro y allanamiento, 51 búsquedas selectivas de bases de datos, 3 perfiles criminales, 3 retratos hablados, entre otras actividades, con el fin de avanzar en la individualización de los determinadores del hecho.
Asimismo, se ha avanzado en el análisis de la información extraída de 8 teléfonos celulares incautados. En uno de los dispositivos revisados, que perteneció al adolescente que disparó contra el precandidato presidencial y fue localizado en su lugar de residencia, fueron encontrados rastros gráficos que quedaron en la memoria caché del teléfono, entre estos imágenes del alcalde de Bogotá, Carlos Fernando Galán Pachón, y de la Fiscal General de la Nación.
De acuerdo con los expertos en informática forense, los registros preliminarmente analizados fueron guardados de forma automática por la aplicación de noticias del buscador del celular. Esta herramienta descarga y guarda temporalmente fotografías y noticias recientes en una memoria interna rápida o memoria caché. El objetivo de este proceso es que estas publicaciones aparezcan cuando se abre la herramienta y sirva de sugerencia para el usuario.
La inspección hecha respecto a la fecha de las imágenes, que corresponde a abril y mayo del presente año, indica que el poseedor, el adolescente en este caso, no realizó búsquedas asociadas con las personas referidas. Tampoco se encontraron archivos de otro tipo como links que el menor de edad haya recibido o enviado, y no hay indicios de conversaciones o interacciones con otras personas, en las que se mencionara o se hablara del alcalde de Bogotá o la Fiscal General.
