Cierran 2 hoteles en Palomino y parcialmente 4 en San Andrés, entre ellos en el que murió familia bogotana
–Por riesgos en instalaciones eléctricas, de gas e iluminación y para proteger la vida y seguridad de huéspedes, trabajadores y visitantes, la Superintendencia de Industria y Comercio, SIC, ordenó el cierre de 2 hoteles en el sector de Palomino en la Guajira e impuso medidas urgentes, incluido un cierre parcial, en 4 hoteles de San Andrés y Providencia, entre ellos el Portobelo Convention, en el que fallecieron el pasado 11 de julio los integrantes de la familia bogotana que pasaba vacaciones Tito Nelson Martínez Hernández, su esposa Viviana Andrea Canro Zuluaga y su hijo de 4 años, Kevin Mathías Martínez.
La Superintendencia indicó precisamente que las acciones adelantadas se dieron como consecuencia de las visitas de inspección desarrolladas tras la tragedia ocurrida recientemente en San Andrés.
Como resultado de las inspecciones, la SIC ordenó el cierre inmediato de los hoteles BEACH LIFE PARTY HOSTEL y CASA IBIZA BY BEACH LIFE PALOMINO en Palomino (La Guajira), así como medidas correctivas urgentes en los hoteles HOTEL DECAMERON LOS DELFINES, HOTEL LAS AMÉRICAS y HOTEL PORTOBELLO CONVENTION CENTER, junto con un cierre parcial (zona
de cocinas) en el HOTEL TONE BLUE de San Andrés (San Andrés y Providencia).
Las decisiones se adoptaron tras encontrar riesgos críticos en las instalaciones eléctricas, de iluminación y de gas combustible, que amenazan la vida, la salud y la seguridad de huéspedes, trabajadores y visitantes.
La medida de cierre total en Palomino se impartió a la sociedad VILLA DELIA PALOMINO BEACH S.A.S., propietaria de los hoteles, luego de verificarse la presencia de conductores eléctricos expuestos a daños físicos, deficiencias en tableros de distribución y ausencia de iluminación de seguridad en rutas de evacuación y salidas de emergencia, entre otras irregularidades graves, en contravención de 10 dispuesto por los reglamentos técnicos luego de conocer de la perdida de la vida de una mascota.
En San Andrés y Providencia, durante las visitas de inspección se detectaron defectos críticos en las instalaciones internas de gas, como ausencia de ventilación adecuada en ciertos espacios con presencia de monóxido de carbono, conexiones sin tapones metálicos de seguridad, uniones sin protección anticorrosiva, tanques de GLP sin anclaje y falta de avisos preventivos exigidos por la norma.
Estas condiciones incrementan de forma significativa el riesgo de explosión, fugas o intoxicaciones.
En consecuencia, la SIC ordenó a las sociedades SERVINCLUIDOS LTDA., TOUR VACATION HOTELES AZUL S.A.S. 81C, OPERADORA APARTAHOTEL LAS AMÉRICAS LIMITADA y HOTELES PORTOBELO SAI S.A., propietarias de los establecimientos inspeccionados en San Andrés, ejecutar acciones urgentes para ajustar sus instalaciones internas de gas a las exigencias del reglamento técnico aplicable.
La Superintendencia afirma que con estas medidas, en cumplimiento de sus labores de inspección, vigilancia y control, contribuye al esclarecimiento técnico de las condiciones que generaron riesgos, y reafirma su compromiso con la protección de la vida y seguridad de quienes visitan, trabajan y viven en el archipiélago y en otros destinos turísticos estratégicos del país.
La Superintendencia reitera que las instalaciones eléctricas, de iluminación y de gas combustible implican riesgos inherentes y que el cumplimiento estricto de los reglamentos técnicos es esencial para prevenir accidentes, proteger la vida, la salud y garantizar la seguridad de las personas y de los animales, especialmente en destinos turísticos estratégicos del país.
«En memoria de las vidas perdidas y como lección aprendida de esta tragedia, la SIC continuará realizando inspecciones, priorizando las zonas turísticas y los lugares con alto riesgo, para que hechos como los ocurridos no vuelvan a repetirse», añade.
Finalmente indica que el incumplimiento de las órdenes impartidas podrá dan lugar a la imposición de multas de hasta dos mil (2.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes, de conformidad con el artículo 61 de la Ley 1480 de 2011.

