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Fijan estándares mínimos para garantizar la transparencia de los algoritmos del Estado

–En cumplimiento de una orden impartida por la Corte Constitucional, el Procurador General de la Nación, Gregorio Eljach Pacheco, y la Defensora del Pueblo, Iris Marín Ortiz, emitieron una Directiva Conjunta que establece los estándares mínimos sobre transparencia algorítmica. Estos estándares aplican a las entidades públicas y a las organizaciones de carácter privado que ejerzan función pública, presten servicios públicos, administren recursos públicos y/o sean partidos políticos o movimientos significativos de ciudadanos, que desarrollen, adquieran o utilicen sistemas algorítmicos para uso del Estado y que cumplan con al menos uno de los siguientes tres criterios:

1. Cuando el sistema utilice inteligencia artificial (IA).
2. Cuando el sistema corresponda a la categoría de Sistema de Toma de Decisiones Automatizadas (SDA), según lo definido en el artículo 2 de la Directiva Conjunta.
3. Cuando se trate de un sistema o aplicación que permita recolectar datos de individuos, en particular datos de geolocalización u otros datos sensibles, para fines de rastreo por proximidad y monitoreo de riesgos.

La construcción de esta Directiva fue liderada por la Procuraduría General de la Nación, y la Defensoría del Pueblo?, en cumplimiento de lo ordenado en la sentencia T-067 de 2025 de la Corte Constitucional. En este proceso se contó con el valioso apoyo técnico de la Agencia Nacional Digital y del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, entidades que acompañaron la elaboración y validación de los estándares. Asimismo, se realizaron tres talleres con más de 20 expertos de la academia, el sector público, organizaciones de la sociedad civil y del sector privado, quienes aportaron recomendaciones y sugerencias para fortalecer el documento.

La Directiva establece que las entidades que cumplan con los criterios señalados deberán publicar información clara, accesible y periódica sobre el diseño, propósito, funcionamiento y efectos de los sistemas algorítmicos utilizados por el Estado. Igualmente, deberán dar respuesta oportuna, completa y comprensible a las solicitudes de acceso a dicha información. El documento también define las circunstancias en las que los sujetos obligados deberán otorgar acceso al código fuente de los algoritmos o a explicaciones significativas de su funcionamiento. Además, dispone que, anualmente, el Ministerio Público aplicará una encuesta a los sujetos obligados para recopilar información básica sobre los sistemas algorítmicos en uso en el Estado colombiano.

Con esta medida, el Ministerio Público consolida un avance fundamental en la adopción de estándares de transparencia algorítmica y da un paso decisivo hacia una gestión ética, responsable y transparente de los algoritmos utilizados por el Estado.