Judicial Nacional

Corte Suprema condena al general en retiro Rodolfo Palomino a 7 años de cárcel

–La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia condenó este jueves al general en retiro Rodolfo Bautista Palomino López por el delito de tráfico de influencias de servidor público. Le impuso una pena de siete años de prisión, multa de 174,9976 SMMLV y la inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por un periodo de 9 años. Además, le negó la prisión domiciliaria.

Palomino López, para la época director de la Policía Nacional, se reunió con una fiscal, en su residencia, para hablar de una operación contra 14 personas del Fondo Ganadero de Córdoba y le planteó la posibilidad de detener una de las capturas: la de una persona a la que calificó de muy influyente.

La Sala confirmó que el procesado se aprovechó de su rol funcional para favorecer a un particular cuando su deber era cumplir la orden emitida por la autoridad judicial competente: “optó por abogar en favor de un particular sin importarle que con su comportamiento podría generar impunidad, pues el procesado estaba siendo investigado por delitos graves como concierto para delinquir por promover grupos paramilitares y desplazamiento forzado al despojar a familias campesinas de sus tierras, crimen éste de lesa humanidad”.

Añadió que con la visita del alto oficial a la casa de la fiscal no solo la presionó, sino que la intimidó, hasta el punto que la funcionaria, aunque hizo efectiva la captura, luego de escucharlo en indagatoria, lo dejó en libertad “sin corroborar la prueba de descargo, entorpeciéndose la función judicial que debe ser imparcial, generando en la sociedad la impresión equivocada de que las autoridades favorecen a los procesados recomendados según la clase social a la que pertenecen y que la justicia es para los de ruana”.

La Sala señaló que las actuaciones del procesado tuvieron un impacto en la sociedad y en los integrantes de la Policía Nacional “quienes esperan que su máximo jerarca obre con decoro, pulcritud y transparencia, pues lo que debió fue colaborar con la funcionaria judicial y no ponerse al margen de la Constitución y de la Ley en beneficio de intereses mezquinos, para tratar de impedir que la aprehensión se cumpliera”.

Igualmente, consideró que al abogar por los intereses de un particular, vulneró de manera grave el principio de igualdad de los ciudadanos ante la ley, garantía reconocida a todas las personas que impone al Estado y sus autoridades el deber de otorgarles el mismo trato y protección sin discriminación alguna, situación que denota la magnitud de su comportamiento abiertamente contrario a sus deberes oficiales.

Finalizó la Sala que Palomino López conocía con suficiencia la ilicitud del comportamiento que estaba desplegando, máxime que ostentaba la más alta dignidad al interior de la Policía lo cual le permitía determinar con facilidad, lo ilegal que resultaba influenciar a otro servidor público, como ocurrió en el presente caso a una Fiscal Delegada: “contaba con la posibilidad de autodeterminarse para proceder de manera distinta, esto es, con acatamiento de las normas constitucionales y legales que juró proteger, optó de manera voluntaria por apartarse de aquellas y contrariar la ley, como quedó visto a lo largo de esta providencia”.

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