Foto: Ministerio del Deporte
Desde el 1 de enero de 2026 el deporte colombiano y mundial se rige por la Lista de Sustancias y Métodos Prohibidos 2026, instrumento normativo que define cuáles prácticas están prohibidas en la actividad deportiva. La Lista es de obligatorio cumplimiento para todos los actores del sistema antidopaje.
La actualización, definida por la Agencia Mundial Antidopaje (WADA), fija los criterios técnicos que determinan las sustancias prohibidas en circunstancias deportivas, cuáles en competencia y cuáles aplican solo a deportes específicos, asegurando una aplicación uniforme en los diferentes niveles y disciplinas.
Como eje del sistema antidopaje, la Lista se apoya en evidencia científica y mantiene vigente el principio de responsabilidad objetiva, según el cual cada deportista es responsable de las sustancias presentes en su organismo, independientemente de su origen o intención.
Para facilitar su puesta en práctica, la WADA acompañó la publicación con documentos técnicos de apoyo que permiten identificar los cambios introducidos para 2026 y orientar su correcta interpretación.
En este marco, la Organización Nacional Antidopaje del Ministerio del Deporte reiteró el llamado al Sistema Nacional del Deporte a revisar tratamientos médicos, uso de suplementos y, cuando corresponda, los trámites de Autorización de Uso Terapéutico, como medida clave para prevenir infracciones y proteger la integridad del deporte.

