Judicial Nacional

JEP: Siete excabecillas y otro 12 máximos responsables de las exFarc comenzarán a realizar actividades restaurativas, entre ellas desminado y búsqueda de desaparecidos

–La Jurisdicción Especial para la Paz, JEP, anunció que las primeras Sanciones Propias impuestas a siete excabecillas y a otros máximos responsables de las desaparecidas Farc, entrarán en su fase de ejecución a partir del 15 de agosto, esto es, empezaron a desarrollar los proyectos con los que van a contribuir a restaurar los derechos de las víctimas, las comunidades y los territorios. Entre otras acciones restaurativas, ejecutarán obras de infraestructura, iniciativas productivas, desminado humanitario, búsqueda de personas dadas por desaparecidas y fortalecimiento comunitario.

Según la JEP, después de esclarecer, como nunca antes, algunos de los crímenes más graves del conflicto armado; de reconstruir la magnitud de las atrocidades, los patrones que las hicieron posibles y los daños causados a las víctimas, las comunidades y los territorios; y de lograr que sus máximos responsables admitieran sus responsabilidades, comienza una nueva etapa de la justicia restaurativa.

«En adelante, estos comparecientes deberán cumplir las sanciones impuestas, de modo que la responsabilidad que reconocieron se traduzca en hechos concretos para dignificar a quienes sufrieron las consecuencias de la guerra», precisó.

Los excabecillas, que hicieron parte del último secretariado de las Farc, que comenzarán a cumplir sus condenas, son RODRIGO LONDOÑO ECHEVERRY, último comandante y coordinador del Bloque Magdalena Medio, JAIME ALBERTO PARRA RODRÍGUEZ, excomandante del Bloque Oriental, MILTON DE JESÚS TONCEL REDONDO, comandante del Bloque Sur, PABLO CATATUMBO TORRES VICTORIA, comandante del Bloque Occidental, PASTOR LISANDRO ALAPE LASCARRO, comandante del Bloque Magdalena Medio, JULIÁN GALLO CUBILLOS, comandante del Frente Urbano Antonio Nariño (FUAN) y miembro del Bloque Oriental, y RODRIGO GRANDA ESCOBAR, conocido como el canciller de las FARC-EP.

Destacó que para llegar a este punto fue necesario completar las etapas de investigación y juicio hasta que las primeras sentencias quedaran en firme. La Sección de Apelación dejó ejecutoriadas las dos primeras Sanciones Propias: las impuestas al último Secretariado de las extintas Farc-EP por la comisión de más de 21.000 secuestros y otros crímenes cometidos durante el cautiverio, entre ellos, tortura, tratos crueles, atentados contra la dignidad personal, violencia sexual y desplazamiento forzado; y las impuestas a 12 exintegrantes del Batallón ‘La Popa’ por la comisión de 135 asesinatos y desapariciones forzadas presentadas ilegítimamente como bajas en combate en la Costa Caribe.

Las sentencias definieron, de manera concreta, la manera como deberán cumplir los máximos responsables las primeras Sanciones Propias, al establecer un conjunto de restricciones efectivas a sus derechos y libertades (horarios, ubicaciones, monitoreo, etcétera), así como las acciones restaurativas que ejecutarán directamente para contribuir a la reparación de las víctimas y a la restauración de las comunidades y los territorios afectados por el conflicto.

En el Caso 01, los siete comparecientes de las Farc-EP deberán ejecutar, durante el tiempo de cumplimiento de sus respectivas condenas, 79 proyectos restaurativos, organizados en seis líneas de trabajo, en los territorios más afectados por la política de secuestro y donde reside el mayor número de víctimas de estos crímenes. Estas acciones comprenden el mejoramiento de infraestructura rural y urbana, el fortalecimiento de iniciativas productivas campesinas y labores de desminado humanitario. Entre ellas se encuentran el mejoramiento de vías en San Juan de Arama y Vista Hermosa (Meta), San Carlos, Granada y Argelia (Antioquia); el fortalecimiento de iniciativas productivas en Meta, Bolívar y Putumayo; así como acciones de desminado en Bojayá (Chocó), Mutatá y Turbo (Antioquia).

Así, de conformidad con la sentencia proferida por la Sección de Apelación y en cumplimiento de un cronograma estricto de trabajo, las referidas sanciones se ejecutarán en siete fases sucesivas: Fase 1, Nacional (Bogotá D. C., de agosto de 2026 a febrero de 2027). Fase 2, Noroccidente (Antioquia, de febrero de 2027 a agosto de 2028). Fase 3, Oriente (Caquetá y Meta, de agosto de 2028 a agosto de 2029). Fase 4, Caribe I (Bolívar y Cesar, de agosto de 2029 a febrero de 2031). Fase 5, Suroccidente (Huila, Putumayo y Nariño, de febrero de 2031 a febrero de 2032). Fase 6, Nororiente (Santander, de febrero de 2032 a febrero de 2033); y fase 7, Centro y Oriente Sur (Casanare, Vaupés y Bogotá D. C. —localidad de Sumapaz—, de febrero de 2033 a agosto de 2034).

En el Caso 03, los 12 comparecientes de la fuerza pública deberán ejecutar seis proyectos restaurativos que reúnen 114 actividades orientadas a la construcción de memoria, la búsqueda de personas dadas por desaparecidas, el fortalecimiento de las comunidades y la reparación del daño causado en la Costa Caribe. Entre ellas se encuentran la construcción del mausoleo del Cementerio Ecce Homo de Valledupar; la creación del Centro de Armonización para el Buen Vivir de las familias del Pueblo Kankuamo; el Centro Integral Cultural y de Memoria OMONAPA para el Pueblo Wiwa; la Casa Cultural Nelson Enrique Romo Romero, en el Consejo Comunitario José Prudencio Padilla; las Casas Multipropósito, así como otras iniciativas de fortalecimiento comunitario y productivo para las comunidades afectadas.

Con las primeras sentencias restaurativas en firme y una hoja de ruta definida para la ejecución de las sanciones, era indispensable asegurar las condiciones para ponerlas en marcha. Esa tarea requería definir las responsabilidades de las instituciones llamadas a intervenir, los mecanismos de articulación entre ellas y las condiciones para desarrollar los proyectos restaurativos. Ese paso se concretó con la expedición del Decreto 0652 del 26 de junio de 2026, mediante el cual el Ministerio de Justicia y del Derecho estableció las Condiciones Transversales para la ejecución de las Sanciones Propias previstas por la JEP.

El decreto estableció las condiciones que permitirán a los comparecientes ejecutar los proyectos restaurativos que hacen parte de la Sanción Propia que se les impuso. Para garantizar su ejecución en condiciones de seguridad, continuidad y dignidad, contempla la atención en salud, la afiliación al sistema de seguridad social, los seguros, la alimentación, el transporte y las condiciones de habitabilidad. Asimismo, define las responsabilidades de las entidades encargadas de garantizar estos componentes, entre ellas el Ministerio de Justicia, el Ministerio de Salud, la Unidad Nacional de Protección y las entidades territoriales.

La ejecución de las primeras Sanciones Propias exige una responsabilidad compartida. Quienes fueron sancionados deberán ejecutar los proyectos restaurativos definidos en las sentencias, mientras que el Gobierno Nacional y las entidades competentes deberán apropiar los recursos presupuestales necesarios y garantizar las condiciones operativas para su desarrollo. Solo así las Sanciones Propias podrán contribuir, como lo prevén el Acuerdo Final de Paz y la Constitución, a la reparación de las víctimas y a la restauración de las comunidades y los territorios más afectados por el conflicto armado.

La financiación
La puesta en marcha de las primeras Sanciones Propias también requería asegurar los recursos presupuestales necesarios para ejecutar los proyectos restaurativos previstos en las sentencias. Con ese propósito, en septiembre de 2025 la Secretaría Ejecutiva de la JEP informó al Gobierno Nacional, a través de la Instancia de Articulación, que se requerían aproximadamente $121.858 millones para iniciar la ejecución de las dos primeras sentencias restaurativas, es decir, las mismas que hoy están en firme.

En respuesta, el Gobierno Nacional asignó inicialmente $20.000 millones en una subcuenta del Fondo Colombia en Paz, administrada por la Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN). Mientras la Sección de Apelación resolvía los recursos interpuestos contra las dos sentencias, se adelantó el alistamiento técnico y territorial de los proyectos restaurativos, que incluyó el trabajo con las comunidades y la preparación de los anexos técnicos necesarios para su contratación. Ahora, con las sentencias ya ejecutoriadas, estos recursos permitirán iniciar los procesos de contratación de las primeras acciones restaurativas.

De manera complementaria, en diciembre de 2025 el Gobierno Nacional creó el rubro y objeto de gasto presupuestal 1 «Sentencias y conciliaciones – fallos nacionales: Órdenes judiciales impartidas por la JEP», con una asignación inicial de $30.000 millones destinada a fortalecer las condiciones necesarias para la ejecución de las sentencias que emita.

Asimismo, mediante la mesa técnica de oferta de la Instancia de Articulación, el Gobierno Nacional identificó recursos específicos para proyectos de memoria y reparación simbólica contemplados en las primeras sentencias, entre ellos iniciativas dirigidas a las víctimas del Caso 01 y la construcción del mausoleo del Cementerio Ecce Homo de Valledupar, previsto en la sanción del Caso 03.

Con las dos primeras sentencias ya ejecutoriadas, existe una asignación inicial de $50.000 millones para poner en marcha las primeras fases de ejecución de las Sanciones Propias. La ejecución integral de estas sentencias exigirá que, en las siguientes vigencias fiscales, el Gobierno Nacional, en cumplimiento de las sentencias proferidas por la JEP, apropie los recursos restantes necesarios para garantizar la continuidad de los proyectos restaurativos durante toda su ejecución.

El monitoreo y la verificación
Las Sanciones Propias no se limitan a la ejecución de proyectos restaurativos. Durante todo el tiempo que dure la sanción, los comparecientes deberán cumplir restricciones efectivas de derechos y libertades, entre ellas residir en los lugares definidos para desarrollar los proyectos restaurativos, cumplir horarios estrictos, respetar las restricciones de movilidad y solicitar autorización judicial para salir de los territorios establecidos o del país, incluso cuando se trate de actividades políticas.

La ejecución de las primeras Sanciones Propias marca el inicio de una nueva etapa de la justicia restaurativa. A partir del 15 de agosto de 2026, los comparecientes iniciarán formalmente el cumplimiento de las sanciones. Allí, de cara a las víctimas y a las comunidades beneficiarias de los proyectos restaurativos, deberán cumplir tanto las restricciones efectivas de derechos y libertades impuestas en las sentencias como las acciones restaurativas que hacen parte de la sanción. Su ejecución estará sometida a un sistema permanente de monitoreo y verificación, liderado por la Sección con Reconocimiento de Verdad, en ejercicio de sus funciones como juez de ejecución de penas, con el apoyo de la Secretaría Ejecutiva y el acompañamiento del Ministerio Público.

Ese sistema supervisará tanto el cumplimiento de las restricciones como el cumplimiento de las metas e indicadores definidos para los proyectos restaurativos. Para ello combinará herramientas tecnológicas, como dispositivos de geolocalización para registrar la trazabilidad de sus desplazamientos, con verificaciones periódicas en terreno que permitirán constatar su permanencia en las zonas autorizadas, el cumplimiento de los horarios establecidos, el avance de los proyectos restaurativos y los resultados que estos produzcan para las víctimas, las comunidades y los territorios.

A este sistema se suma un componente internacional de verificación. En desarrollo de los acuerdos alcanzados en la Comisión de Seguimiento, Impulso y Verificación a la Implementación del Acuerdo Final (CSIVI), las partes firmantes aceptaron que la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y la Misión de Apoyo al Proceso de Paz de la OEA (MAPP-OEA) acompañen la verificación internacional de las Sanciones Propias. Su participación aportará una verificación independiente de su ejecución y contribuirá a fortalecer la transparencia, la confianza y la legitimidad en el proceso.

Una nueva etapa
La puesta en marcha de estas primeras sentencias es solo el inicio. Lo que ocurra a partir del 15 de agosto marcará el camino para la ejecución de las demás sanciones que la Jurisdicción imponga a los 194 máximos responsables que avanzan por esta misma ruta. Llegar a este punto demuestra que el Estado ha logrado lo que durante décadas fue imposible: poner fin a la impunidad y transformar el reconocimiento de la verdad en un compromiso real con la paz. Nunca antes el país había visto un proceso de esta magnitud. Hoy, la JEP cumple el mandato que le confirió la Constitución y el Acuerdo Final de investigar, juzgar y sancionar a los máximos responsables de las peores atrocidades cometidas durante el conflicto armado.

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