Radicaron ante el Consejo de Estado acción de nulidad de la elección de Abelardo de la Espriella con petición de medida cautelar para que suspenda su posesión
–El abogado y ex magistrado del Consejo Nacional Electoral, Luis Guillermo Pérez, anunció que radicó ante Consejo de Estado una acción de nulidad contra la elección de Abelardo de la Espriella como nuevo presidente, solicitando a la par una medida cautelar para que suspenda la ceremonia de su posesión el 7 de agosto.
En su cuenta en X, Pérez, quien fue Superintendente de Subsidio Familiar del gobierno de Gustavo Petro, presentó las primeras 10 páginas de la acción de nulidad del acto administrativo que declaró la elección de De la Espriella, en las cuales comienza señalando las motivaciones de su decisión.
Entre otras cosas afirma que durante la campaña presidencial de 2026, el entonces candidato de Defensores de la Patria «realizó de forma reiterada, sistemática y masiva declaraciones públicas que generaron un clima de miedo, hostigamiento psicológico y coacción sobre amplios sectores del electorado».
Además, destaca que «ostenta doble nacionalidad colombiana y estadounidense, y recibió apoyo público explícito del Presidente de Estados Unidos, Donald Trump, incluyendo su propia autoproclamación como “el primer presidente republicano de Colombia”».
Igualmente advierte que «fue declarado electo en la segunda vuelta del 21 de junio de 2026 por un margen muy estrecho, con irregularidades en el proceso electoral, antes, durante y después de la elección que constituirían delitos electorales y distintos fraudes a la voluntad genuina de los electores», hechos que, asegura, «demostraremos en esta acción ante el honorable Consejo de Estado».
Según Pérez, «estos hechos configuran cuatro causales concurrentes de nulidad del acto de elección que afectan la legitimidad y la soberanía del proceso democrático colombiano» y enseguida habla de violación de la libertad del sufragio y de las garantías del debate democrático mediante una estrategia sistemática de violencia política,
estigmatización, intimidación, desinformación y apropiación de símbolos nacionales y violencia psicológica sobre los electores.
Luego subraya que De la Espriella Otero «desarrolló una estrategia sistemática de propaganda electoral caracterizada por la utilización de símbolos nacionales como elemento de identificación política de la candidatura», y por último detalla amenazas contra sus opositores de «destripar» a la izquierda radical, calificándola como un «cáncer» que debía ser «exterminado» o «extirpado».
Pérez afirma que estas expresiones generaron alarma pública y lo motivaron a presentar denuncia penal contra él el 31 de julio de 2025 ante la Fiscalía General de la Nación por los presuntos delitos de apología del genocidio, hostigamiento por razones políticas, amenazas e instigación a delinquir.
Dice que estas conductas de 2025 constituyen el antecedente inmediato y sistemático de las declaraciones de la campaña de 2026, evidenciando un patrón de discurso violento, amenazante y excluyente que se intensificó durante la contienda electoral.
Finalmente el demandante advierte que «la Sección Quinta del Consejo de Estado ha reconocido que la violencia
psicológica constituye una causal autónoma de nulidad electoral cuando anula o vicia la libertad de elección del sufragante».


