Bogotá: Habrá restricción de motos con parrillero y prohibición total de circulación en 19 corredores viales durante el puente festivo de Halloween
–A partir de este jueves 29 de octubre y durante el puente festivo de Halloween, habrá restricción en Bogotá para circulación de motocicletas con parrillero o acompañante y restricción de circulación general de este tipo de vehículos en 19 corredores viales de la capital, con el objetivo de reducir los siniestros viales.
Según lo notificaron la Secretaría Distrital de Movilidad (SDM) y la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia, la restricción de circulación de motocicletas con parrillero o acompañante en Bogotá regirá de 6:00 p.m. a 6:00 a.m. entre el 29 de octubre al 3 de noviembre de 2026.
La restricción del parrillero o acompañante aplica en las noches y madrugadas en todas las vías de la ciudad.
Y la restricción de circulación general de motocicletas regirá de 8:00 p. m. a 4:00 a. m. en 19 corredores viales del 29 de octubre al 3 de noviembre de 2026.
Los corredores donde aplica la restricción general de circulación de motocicletas son los siguientes:
-Autopista Norte.
-Autopista Sur.
-Avenida NQS o carrera 30.
-Avenida Boyacá.
-Avenida Ciudad de Cali.
-Avenida Las Américas.
-Avenida Suba.
-Calle 26 o avenida El Dorado.
-Calle 80.
-Carrera Séptima.
-Avenida Guayacanes.
-Calle 13.
-Avenida La Esperanza.
-Avenida Ciudad de Villavicencio.
-Avenida Circunvalar.
-Calle 53.
-Calle 63.
-Carrera 60.
-Carrera 80.
? Para vivir un Halloween más seguro, hoy presentamos las medidas que se implementarán en Bogotá para prevenir siniestros viales y proteger la vida.
– Parrillero: restricción en toda la ciudad, de 6:00 p. m. a 6:00 a. m.
– Circulación de motos: restricción en 19 corredores viales, de 8:00 p. m. a 4:00 a. m.
Ambas medidas aplican las noches del 29, 30 y 31 de octubre y del 1 y 2 de noviembre. La restricción de parrillero finaliza el martes 3 de noviembre a las 6:00 a. m. y la de circulación de motos, a las 4:00 a. m.
— Movilidad Bogotá (@SectorMovilidad) October 27, 2026
Excepciones
Las medidas de restricción de circulación de motocicletas definidas por la Secretaría Distrital de Movilidad (SDM) y la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia (SDSCJ), tienen las siguientes excepciones:
-Mensajeros y domiciliarios con identificaciones de empresas.
-Integrantes de la Fuerza Pública como Policía, Fiscalía y Ejército.
-Integrantes de empresas de seguridad privada.
-Personas que movilizan a personas con discapacidad.
-Personas con discapacidad.
-Integrantes de aseguradoras.
-Conductores elegidos.
-Caravana presidencial.
-Servicio diplomático y consular.
-Motos vinculadas las Sistema Integrado de Transporte Público (SITP) como TransMilenio y concesionarios de rutas TransMiZonales.


