Las personas en condición de discapacidad o sus representantes que estén interesadas en postularse como votantes o candidatos a los consejos locales y Distrital de Discapacidad, tienen plazo hasta el próximo viernes 16 de mayo.
Los consejos locales de discapacidad son instancias de participación, a través de los cuales dicha población asesora a la Administración Distrital en la formulación de programas y proyectos. En Bogotá existen 20 consejos locales de discapacidad y uno distrital.
El 7 de junio se elegirán 120 consejeros, seis por cada una de las 20 localidades y seis distritales. Los consejeros, cuyo periodo es por cuatro años, deben representar cada una de las formas de discapacidad estipuladas en la Clasificación Internacional del Funcionamiento de la Discapacidad, a saber: discapacidades física, auditiva, visual, cognitiva, mental y múltiple.
Requisitos a cumplir por parte de los candidatos:
Consejo Distrital de Discapacidad
Ser una organización sin ánimo de lucro, de personas en condición de discapacidad, legalmente constituida y cuyo objeto sea el trabajo con dicha población. Deberán anexar copia de:
* Certificado de existencia y representación legal, con fecha de expedición no mayor a tres (3) meses, que especifique: los nombres del representante legal y de la junta directiva, y dirección del domicilio.
* Presentar investigaciones, proyectos, o informes de trabajo social desarrollados para el sector, que corroboren su labor con anterioridad al momento de la inscripción.
* Presentar listado con nombres, dirección y teléfono de los miembros de la organización. El listado estará conformado por mínimo 70% de personas en condición de discapacidad y/o sus familias.
* Presentar propuesta programática de trabajo
Lugar inscripciones: IDRD, hasta las 4:00 p.m.
Consejo Local de Discapacidad
Las personas en condición de discapacidad o quienes las y los representen, interesados en participar como representantes de las personas en condición de discapacidad ante el Consejo Local, deben presentar al momento de la inscripción, el documento de identidad (tarjeta de identidad o cédula de ciudadanía).
Las y los candidatos deberán cumplir los siguientes requisitos:
1. Tener mínimo 14 años de edad.
2. Tener en el momento de la inscripción, por lo menos un año ininterrumpido de domicilio en la localidad o demostrar que realiza una actividad laboral, educativa o de trabajo comunitario en la misma, acreditada mediante certificado de la Junta de Acción Comunal o de la Alcaldía Local correspondiente.
3. Presentar una propuesta de trabajo o plan que indique los lineamientos a seguir en el desempeño de su cargo en beneficio del sector.
Lugar de inscripciones: Alcaldías locales
Electores
*Las y los interesados en participar como electores, deben presentar al momento de la inscripción el documento de identidad (tarjeta de identidad o cedula de ciudadanía)
*Tener mínimo 14 años de edad.
*Tener en el momento de la inscripción, por lo menos un año ininterrumpido de domicilio en la localidad o demostrar que realiza una actividad laboral, educativa o de trabajo comunitario en la misma, acreditada mediante certificado de la Junta de Acción Comunal o de la Alcaldía Local correspondiente.