Bogotá

Operativos contra las vallas ilegales

valla

Los anunciantes de 9 localidades de la ciudad aún tienen plazo para legalizar los elementos de publicidad exterior ante la Secretaría de Ambiente, SDA.

El plazo para Usaquén, Suba y Engativá vence el 21 de julio. Para Barrios Unidos, Teusaquillo, Chapinero, Kennedy, Bosa y Fontibón el 4 de agosto.

Según el secretario distrital de Ambiente, Antonio Nieto Escalante, se implementarán operativos de identificación de quienes incumplan las normas establecidas por la autoridad ambiental.

En el primer operativo realizado por los funcionarios de la SDA, se instaló en seis elementos de publicidad exterior visual ubicados sobre la carrera Séptima el rótulo de ‘valla ilegal (en proceso de desmonte)’, momento a partir del cual el propietario dispone de tres días para desmontar la valla.

Además de ser una medida contra la contaminación visual «el anunciante recibe una sanción moral, y por tanto tendrá que cuidarse de hacer publicidad en una valla ilegal», señaló Nieto Escalante.

La medida de choque se tomó porque solo 57 de las 1.069 vallas que están instaladas en Bogotá se encuentran debidamente registradas ante la autoridad ambiental.

Vallas legales

Para legalizar una valla es necesario diligenciar un formulario único de solicitud de registro ante la Secretaría de Ambiente, el cual se puede consultar vía web o solicitarlo en las instalaciones de la entidad

Este deberá ir acompañado de todos los documentos soporte que acrediten el cumplimiento de los requisitos exigidos por las normas vigentes sobre publicidad exterior visual.

Para garantizar la pluralidad en el acceso a los espacios disponibles, cada persona natural o jurídica responsable de la valla solo podrá radicar cinco solicitudes diarias por cada zona.

La evaluación tanto para otorgar o negar el registro o prórroga de elementos de publicidad exterior visual tipo valla tiene un costo de 1.384.000 pesos, que se cancelan en el momento de la solicitud. Este pago no obligará a la entidad a conceder el registro.

«La información de cada registro inscrito y aprobado será enviada a la Secretaría de Hacienda para que realice el cobro del impuesto de publicidad exterior visual creado desde el año 2003», explicó Nieto Escalante.

La medida no aplica para las vallas institucionales, de construcción, remodelación o adecuación de construcciones u obras de infraestructura urbana, cuyo trámite continúa con las normas vigentes sobre la materia.