Bogotá

Grupo Nule no podrá acogerse a Ley de Insolvencia

El Gobierno negó la solicitud de admisión al proceso de reorganización empresarial para cinco sociedades que integran al Grupo Nule.

Las empresas a las cuales les fue ngada la petición son Translogistic S.A., MNV S.A., Bitácora Soluciones Limitada, Gas Kpital GR. S.A., y Ponce de León y Asociados S.A. Ingenieros Consultores.

Según La Superintendencia de Sociedades, el rechazo se dio porque las empresas no realizaron el proceso de acreditación y no atendieron a los requisitos establecidos por la Ley de Insolvencia.

Un comunicado divulgado por SuperSociedades indica que no se acreditaron algunos presupuestos. La entidad había pedido a las empresas aclarar, aportar y complementar la información faltante dando un plazo de diez días hábiles que vencieron el pasado 5 de abril.

La Ley 1116 de 2006 de Insolvencia aclara que «cuando el requerimiento no sea respondido oportunamente o la respuesta no contenga las informaciones o explicaciones pedidas, será rechazada la solicitud».

A comienzos de marzo, las cinco firmas entregaron a la Superintendencia sus solicitudes con el propósito de mantenerse como sociedades viables y de retornar a la normalidad las relaciones comerciales y crediticias de acuerdo a una reestructuración en materia operacional, administrativa o de activos y pasivos según dictamina la Ley de Insolvencia.

Ante la decisión de la Superintendencia de Sociedades, las empresas estarían en capacidad de solicitar un recurso de reposición con el fin de modificar, revocar o aclarar la determinación de la entidad.

La Ley 1116 establece que «el régimen judicial de insolvencia regulado en la presente ley, tiene por objeto la protección del crédito y la recuperación y conservación de la empresa como unidad de explotación económica y fuente generadora de empleo, a través de los procesos de reorganización y de liquidación judicial, siempre bajo el criterio de agregación de valor».

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