Política

Listo el cronograma para elegir al Personero de Bogotá

La Presidenta del Concejo de Bogotá María Victoria Vargas Silva expidió la Resolución que define el cronograma del proceso de inscripción de candidatos que se postularán para la elección del cargo de Personero de Bogotá.

“Los interesados en participar deberán inscribir sus hojas de vida en la Secretaría General de la Corporación a paritr del 10 de Enero del 2012, proceso que finaliza el 18 del mismo mes del próximo año. Los requisitos de esta elección están contemplados y se definieron tal como lo manifiesta el Reglamento Interno de la Corporación”, señaló Vargas.

Del 19 al 30 de Enero se revisarán las Hojas de Vida con el ánimo de verificar el cumplimiento de los requisitos, así mismo se analizará la documentación entregada por los candidatos inscritos con el propósito de tener la certeza de que ninguno se halle incurso en alguna inhabilidad e incompatibilidad.

La nueva Mesa Directiva del Concejo de Bogotá posesionará antes del 1º de Marzo del 2012 en sesión Plenaria al Personero de Bogotá.

Texto expedido en el Concejo de Bogotá:

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 107 del Acuerdo 348 de 2008, Reglamento Interno del Concejo de Bogotá, concordante con el artículo 97 de la Ley 1031 de 2006, modificatorio del artículo 97 del Decreto ley 1421 de 1993, el Concejo Distrital debe elegir el Personero Distrital durante el primer mes de sesiones ordinarias del respectivo período constitucional, para un período institucional de cuatro (4) años, que iniciará el primero de marzo y concluirá el último día de febrero.
Que los artículos 107 y 108 del Acuerdo 348 de 2008, Reglamento Interno del Concejo, establecen el procedimiento para llevar a cabo el proceso de elección del Personero de Bogotá, D.C.

Que se hace necesario establecer un cronograma para desarrollar el proceso de elección del Personero de Bogotá, D.C.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- Establecer el siguiente cronograma para la elección del Personero de Bogotá, D.C., período 2012-2015:

Convocatoria: Estará a cargo de la Secretaria General y se hará en periódicos de amplia circulación nacional, los días: miércoles 14 y jueves 22 de diciembre de 2011.

Inscripciones en la Secretaría General: Las personas interesadas en participar en este proceso, podrán inscribirse en la Secretaría General del Concejo de Bogotá, D.C., a partir del día martes 10 de enero de 2012 y hasta el miércoles 18 de enero de 2012, inclusive, en días hábiles y en horario de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.

Revisión de Hojas de Vida: La Secretaria General será la responsable de la revisión de las hojas de vida y de verificar el cumplimiento de los requisitos para ocupar el cargo de Personero de Bogotá, D.C., así como de examinar la documentación necesaria que se exigirá para determinar que los candidatos inscritos no se hallen incursos en ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad para ejercer el cargo. Dicha revisión se realizará entre el 19 y el 30 de enero de 2012.

Publicación Listado. Efectuada la revisión de las hojas de vida de los aspirantes al cargo de Personero de la Ciudad, se publicará en la Página Web del Concejo de Bogotá, D.C., el día martes 31 de enero de 2012, el listado de las personas que se encuentren habilitadas para concurrir a la audiencia pública de que habla el artículo 107, numeral 4) del Reglamento Interno del Concejo y que cumplan con los requisitos constitucionales, legales y reglamentarios para ocupar dicho cargo.

Reclamaciones: De existir reclamaciones, podrán efectuarse ante la Secretaria General de la Corporación, los días 1 y 2 de febrero de 2012. La Secretaria General dará respuesta a todas y cada una de las reclamaciones que realicen los inscritos, el día 7 de febrero de 2012.

Convocatoria a Audiencia Pública y Postulaciones por las Bancadas: Se comunicará por Secretaría General a través de la Página Web del Concejo, la fecha en que se realizará la audiencia pública para escuchar a los candidatos habilitados, lo cual se hará en Sesión Plenaria, cuando así lo determine la nueva Mesa Directiva de la Corporación. Escuchados los candidatos habilitados para ocupar el cargo de Personero de Bogotá, D.C., en la misma sesión, las Bancadas postularán sus candidatos.

Elección del Personero de Bogotá, D.C.: La elección del Personero de Bogotá, D.C., se hará de conformidad con lo establecido en el artículo 107, numeral 5) del Acuerdo 348 de 2008, Reglamento Interno del Concejo.

Posesión del Personero de Bogotá, D.C.: El Personero de Bogotá, D.C., tomará posesión del cargo en Sesión Plenaria, en la fecha que determine la nueva Mesa Directiva, pero en todo caso, antes del 1º de marzo de 2012.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Las fechas establecidas en la presente Resolución, pueden ser susceptibles de modificación, si fuere necesario.
ARTÍCULO TERCERO.- Trasládese a Secretaría General el presente acto administrativo para lo de su competencia.

ARTÍCULO CUARTO.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.