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Senado aprobó ley contra conductores borrachos; reincorporó sanciones administrativas

accidentes-transito– La plenaria del Senado de la República aprobó esta mañana el proyecto que pretende imponer castigos más severos a los conductores borrachos, reincorporándole algunas de las sanciones administrativas que le fueron recortadas a la iniciativa original en las comisiones primeras de ambas cámaras.

Las enmiendas que se le introdujeron a la iniciativa fueron acordadas por el presidente del Congreso, Juan Fernando Cristo, en una reunión previa que sostuvo con los ponentes del proyecto.

Cristo estableció que a la agravación penal por los homicidas, se determinó introducir «todo un catálogo de sanciones administrativas, multiplicando las multas, los años de suspensión de licencia e introduciendo el concepto de inmovilización hasta por un mes de los vehículos».

Agregó que a quien sea sorprendido manejando la tercera vez, con tercer grado de alcoholemia, le impondrán multas hasta 30 millones de pesos.

A su turno, el coordinador de ponentes, Luis Fernando Velasco destacó que la norma aprobada «recoge una serie de proyectos y trabajos serios que se han venido haciendo en el Congreso.

Subrayó que básicamente el proyecto aumenta las sanciones penales para quien incurra en lesiones u homicidio culposo. Así evitamos el bochornoso espectáculo de un chofer que mata a alguien y se deja en libertad» dijo Luis Fernando Velasco (Partido Liberal), coordinador de ponentes.

El senador Velasco explicó que el proyecto aprobado este viernes, y que restituyó las sanciones económicas y administrativas respecto al aprobado en primer debate, es el resultado de una negociación encabezada por el presidente del Senado, Juan Fernando Cristo, con un grupo de senadores y representantes de la cual salió un texto consensuado.

El proyecto establece el agravamiento de sanciones penales para los delitos de lesiones y homicidio culposo, así como sanciones económicas y administrativas que aumentan de manera progresiva de la siguiente manera:

Sanciones penales:

En caso de incurrir en los delitos de lesiones culposas y homicidio culposo la pena de prisión pasaría la mínima de 32 meses a 53 meses y la máxima 108 a 216 meses.

Sanciones económicas y administrativas

Primera vez

Quien sea sorprendido por primera manejando bajo los efectos del alcohol será detenido por 24 horas mientras pasa su estado de embriaguez. Además, deberá pagar una multa de entre el 20 y el 50% del valor del vehículo. El automotor podrá ser inmovilizado entre 3 y 10 días

Segunda vez

Quien sea sorprendido por segunda vez manejando bajo los efectos del alcohol será retenido y deberá pagar una multa de entre el 40 y el 60% del valor del vehículo. Además de que el vehículo podrá ser retenido entre 5 y 20 días, el infractor tendrá que firmar un acta de compromiso donde promete al Estado nunca más volver a incurrir en esta peligrosa práctica.

Tercera vez

Quien sea sorprendido por tercera vez manejando bajo los efectos del alcohol tendrá una multa equivalente al 60% del valor del vehículo, mismo que podrá inmovilizarse entre 10 y 20 días. Además se contempla la cancelación definitiva de la licencia de conducir y se entablará un proceso por fraude por haber incumplido la acta compromiso

Ahora solo falta la aprobación de la plenaria de la Cámara de Representantes para pasar a sanción presidencial y convertirse en ley de al república.