Un juez especializado de Bogotá anunció sentencia condenatoria contra Edgar Pinto Valbuena como responsable de los delitos de tentativa de homicidio agravado por razones de género, tortura y lesiones personales agravadas a una mujer de origen indígena.
En su decisión el juez indico que luego de analizar y valorar los argumentos de las partes, se pudo establecer que la Fiscalía General de la Nación demostró que el procesado lesionó la capacidad y autonomía de la víctima y por su actuación incurrió en los delitos endilgados.
La Fiscalía 9ª Especializada de Bogotá señaló que entre el 2005 y el 2010 el procesado violó todos los derechos de su pareja, GPI, una mujer de origen indígena, que llegó hasta su victimario en busca de ayuda económica y terminó siendo pareja del procesado.
Luego de conceder un préstamo de dinero en efectivo a la joven indígena, Pinto, un tendero que atendía su negocio en un sector del centro de la capital del país, la invitó a salir y la muchacha aceptó su compañía. Después sostuvieron una relación romántica.
Sin embargo, desde cuando la joven indígena quedó embarazada, Pinto Valbuena le sugirió abortar al hijo que esperaba, algo que la mujer no aceptó. El bebé nació y allí empezaron los tratamientos inhumanos de parte de Pinto, quien la encerraba en un cuarto y durante varios días no le daba de comer ni a ella ni al menor de edad.
Según el propio testimonio de la víctima, el sentenciado la amarraba para someterla a vejámenes sexuales, actos durante los cuales la humillaba recordándole que ella era una indígena, una mujer inferior y nunca podría igualarse a él ya que trataba con un hombre blanco.
La victima nunca pudo trabajar y tener libertad, pues cuando conseguía un empleo, él la seguía, la asediaba, e inclusive la amenazaba durante sus labores. Además, separaba a la madre del hijo amenazando con entregarlo al Bienestar Familiar para que lo sometieran a un proceso de adopción.
En el juicio se estableció que para mantenerla sometida, el procesado siempre le recordaba que ella no podía abandonarlo, pues de ser así, le dejaría un “regalito que nunca olvidaría”.
Sometida por el maltrato, las amenazas y los vejámenes sexuales, la joven buscaba el bienestar de su hijo, al cual el procesado siempre le negaba todo, llegando inclusive a considerar que era más importante tener plata para comprar cerveza que alimentar a su bebé. Después de cinco años de soportar los sufrimientos, ella lo dejó y abandonó el lugar.
Tras estar sola durante casi un mes, el 27 de noviembre del 2010, en vía pública del barrio 20 de Julio, al suroriente de Bogotá, fue interceptada por Pinto, quien al recibir una negativa de volver con él, la atacó con un puñal y le causó varias heridas que le produjeron incapacidad de 15 días.
Tras recuperarse de las lesiones, continuó su trabajo, en un sector del parque de La Mariposa, en pleno centro de Bogotá; sin embargo, el 24 de diciembre del 2010, un indigente que pasó cerca de ella, le arrojo acido en su rostro, causando graves heridas.
Con desfiguración facial permanente, recibió ayuda de la fiscalía empezó la búsqueda de su agresor. Pinto Valbuena fue capturado y enviado a la cárcel con medida de aseguramiento.
Durante la audiencia el juez consideró que la fiscalía logró demostrar que el procesado si es responsable de los hechos narrados. El monto de la sentencia se conocerá el próximo año.