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Procuraduría solicita quitar el requisito de haber nacido en Colombia para la entrega de becas

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La Procuraduría General de la Nación solicitó a la Corte Constitucional declarar inexequible una expresión del numeral 2, artículo 4 de la Ley 1678 de 2013, por la cual se otorgan becas “al 0.1 % de los mejores profesionales graduados en instituciones de educación superior públicas y privadas”.

Dicha expresión establece que solamente pueden acceder a las becas quienes sean “colombianos de nacimiento”, lo cual, de acuerdo a la demanda, sesga la igualdad de oportunidades de acceder a las ayudas económicas y se trataría de un caso de discriminación a los ciudadanos que han nacido en el exterior del país.

En primer lugar, el jefe del Ministerio Público citó la Constitución Política, en la que se estableció que se es colombiano por nacimiento o por adopción, por lo que argumenta que no hay diferencia entre ambos grupos en lo que se refiere al ejercicio de derechos civiles, económicos y sociales.

Por otra parte, el concepto explicó que a través de la Ley 43 de 1993 se estableció el procedimiento para obtener la Carta de Naturaleza, que precisamente reconoce como ciudadanos a los colombianos por adopción.

Por lo tanto, el Ministerio Público no dudó en tratar la expresión como discriminatoria, pues la Constitución, en su artículo 67, se especifica que la educación es un derecho y un servicio público, y en sus artículos 70 y 71 establece que el acceso a la cultura en igualdad de condiciones a través de la enseñanza es un fin social del Estado.

Además, la Procuraduría recordó que el derecho a la educación ha sido reconocido en varios tratados internacionales ratificados por Colombia y es por esta razón que el Estado tiene la obligación de promover y fomentar la enseñanza, en igualdad de condiciones, a todos los ciudadanos.

Finalmente, en el concepto se señaló que la Corte Constitucional ha reiterado en varias ocasiones que la ley colombiana indica que todas las personas son iguales ante ella y merecen el mismo trato y garantías, sin importar su sexo, raza, origen, lengua, opinión política o filosófica, lo cual se infringe con la citada expresión por cuanto discrimina a los colombianos por adopción.