Política

Solo en Colombia: Por ausentismo se hunde proyecto que castigaba el ausentismo en el Congreso

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De los 19 Parlamentarios que integran la Comisión Primera del Senado, tan solo 8 se presentaron a la discusión de la iniciativa del Centro Democrático que pretendía castigar la ausencia de los honorables parlamentarios al Senado.

Ni siquiera los autores de la iniciativa, los del partido del expresidente y ahora senador, Álvaro Uribe Vélez, estuvieron completos, lo que deja entrever lo interesados que están los parlamentarios en que se le controle su asistencia a su lugar de trabajo.

El proyecto tenía como objetivo garantizar que los congresistas cumplieran con su tarea legislativa y sus respectivas funciones constitucionales y legales. Para lograrlo, buscaba endurecer las sanciones disciplinarias por causal de inasistencia de los congresistas y funcionarios citados a debates, implementando sanciones económicas, reforzando el proceso para la validación de excusas médicas, estableciendo multas a los jefes de las carteras ministeriales que falten a los debates sin justificación alguna, entre otras medidas.

La Ley 5ta de 1992, por medio de la cual se expide el Reglamento del Congreso, establece en su artículo 268 que uno de los deberes de los congresistas es “asistir a las sesiones del Congreso pleno, las Cámaras legislativas y las Comisiones de las cuales
formen parte”. Es decir, que los congresistas tienen la obligación legal de asistir a las sesiones, exceptuando las situaciones en que haya una excusa válida que justifique la ausencia conforme al artículo 90 de la precitada ley.

Aquellas situaciones justificadas son:

• Caso fortuito o fuerza mayor,
• Incapacidad física comprobada,
•Cumplimiento de una comisión oficial fuera de la sede del Congreso,
•Por autorización de la Mesa Directiva o el Presidente de la respectiva
Corporación en las situaciones indicadas.

Existen dos sanciones en el Reglamento del Congreso para combatir la inasistencia de los congresistas: la pérdida de investidura que con lleva a la pérdida de la curul, y el descuento del salario. En el caso de los Ministros, Superintendentes o Directores Administrativos las sanciones son la moción de censura que consiste en retirar al funcionario de su cargo, o la moción de observación que es un llamado de atención al funcionario.

Todo quedó en un saludo a la bandera.

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