Según el senador ponente Orlando Castañeda (Centro Democrático) “ esta iniciativa pretende proteger a los menores y evitar cualquier contacto con adultos, diferentes a sus padres en establecimientos públicos”.
TEXTO PROYECTO DE LEY NÚMERO 184 DE 2016 SENADO
por medio de la cual se dictan normas para la protección de infantes y menores de brazos en Colombia y se exige la instalación de baños asistidos o familiares en establecimientos de comercio abiertos al público.
El Congreso de la República de Colombia
DECRETA:
Artículo 1°. A fin de garantizar el derecho de los niños y niñas de que trata el artículo 88 de la Ley 1801 de 2016, aquellos establecimientos de comercio abiertos al público que cuenten con una superficie igual o superior a 10.000metros cuadrados, deberán construir, adecuar o modificar un área con condiciones de baño familiar para uso exclusivo de niños y niñas.
El Gobierno nacional y las entidades territoriales, según sus competencias, reglamentará la manera de implementación y las condiciones técnicas necesarias con base en las normas urbanísticas y sanitarias vigentes, imponiendo las sanciones a las que haya lugar por omisión.
Artículo 2°. La presente ley rige a partir de la fecha de su promulgación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias
Esta iniciativa pasa a consideración de la Cámara de Representantes para cumplir con sus dos debate restantes, antes de convertirse en ley de la república.