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Gobierno Nacional define 0% de arancel para 110 subpartidas de los sectores de salud y aviación

En el marco de la emergencia sanitaria declarada por el Presidente Iván Duque Márquez el pasado 12 de marzo, y como parte de las medidas preventivas y de contención del coronavirus, el Gobierno Nacional determinó establecer el 0 por ciento de arancel a la importación de 110 subpartidas de los sectores de la salud y la aviación.

Así lo establece el Decreto 410 del 16 de marzo del 2020, en el que se identifica que del total de subpartidas, 18 corresponden a medicamentos, insumos, aparatos, dispositivos y equipos del sector de la salud.

Lo anterior, con el fin de facilitar su importación para que las entidades de salud puedan prestar sus servicios a la población de manera adecuada y para dotar las unidades de cuidados intensivo o intermedios neonatal, pediátrica o de adultos, y salas de atención de enfermedad respiratoria aguda.

Entre los bienes que cobija este Decreto para el caso de la salud, están, por ejemplo, oxígeno, compresas, jabones, gel antibacterial, máscaras especiales para la protección de trabajadores, guantes para cirugía, mascarillas para protección y la cuna para cuidado intensivo con mecanismo de elevación eléctrico, entre otros.

Las restantes 92 subpartidas corresponden a materias primas y bienes de capital, que no se producen en el país, para las empresas de transporte aéreo, de carga o de pasajeros que operan en y desde Colombia. Se trata de una medida temporal, cuya vigencia es de seis meses.

Para ese sector, se incluyen, entre otros, los siguientes elementos: preparaciones lubricantes; revestimientos para suelos; juntas y empaquetaduras; cajas de papel corrugado; resortes, pasadores y chavetas; cables, trenzas y artículos similares; ventiladores y campanas aspirantes para extracción; calentadores de agua; embragues y órganos de acoplamiento; interruptores y conductores eléctricos.

El Ministro de Comercio, Industria y Turismo, José Manuel Restrepo Abondano, explicó que el objetivo del Decreto 410, en desarrollo de los anuncios del Mandatario, es adoptar las medidas necesarias para la contención y prevención del coronavirus y disminuir el impacto económico de tal pandemia.

Antes de la mencionada normativa, esas 110 subpartidas debían pagar un arancel de 5%, 10% o 15%, dependiendo del bien.