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Unidad para las Víctimas continuará entrega de ayuda humanitaria durante emergencia por COVID 19

La Unidad para las Víctimas, mediante un comunicado, hizo las siguientes aclaraciones frente a las medidas sociales de prevención y acción anunciadas en el marco del Aislamiento Preventivo Obligatorio, por el Presidente de la República, Iván Duque Márquez, y la Directora del Departamento para la Prosperidad Social, Susana Correa:

1. Teniendo en cuenta las necesidades mínimas de subsistencia de la población víctima, la entidad continuará entregando de manera ininterrumpida la ayuda humanitaria (Atención Humanitaria de Inmediatez) a quienes tengan derecho, a través del acuerdo que se tiene vigente con las entidades municipales.

Así mismo, se hará entrega de atención humanitaria en especie (Entrega de Atención Humanitaria de Emergencia Especial) a los asentamientos indígenas ubicados en los departamentos de: Guaviare, Meta, Arauca y Antioquia, para lo cual, se desarrollarán las acciones propias de articulación con las entidades territoriales y el Ministerio del Interior.

A aquellos hogares étnicos víctimas de desplazamiento forzado que se encuentren incluidos en el RUV y que estén dentro del primer año posterior a la ocurrencia del hecho, se les entregará la atención humanitaria de emergencia de manera automática, conforme el procedimiento existente.

De igual forma, para aquellos hogares que han superado el año de ocurrencia del hecho, la Unidad para las Víctimas recibirá las solicitudes de atención humanitaria a través de los canales de servicio al ciudadano. Para el caso de comunidades, se les solicitará a las autoridades tradicionales o propias, la relación de hogares o el listado censal para realizar las validaciones y posterior programación de la entrega.

2. Para el caso de las víctimas del conflicto armado NO beneficiarias de los programas sociales del Estado, la Unidad para las Víctimas estará focalizando pagos en materia de atención humanitaria en aquellos hogares que tengan identificado un nivel de carencias y giros pendientes.

En lo que corresponde al pago de indemnización, se cuenta con la priorización de pagos por edad, discapacidad, o enfermedad ruinosa, catastrófica o de alto costo.

3. Para atender la contingencia causada por el COVID-19, el día 23 de marzo se realizó una colocación masiva adicional de 43.647 giros de atención humanitaria por valor de $31.500 millones de pesos para las familias víctimas de desplazamiento forzado con carencias en subsistencia mínima.

4. Los giros de ayuda humanitaria se programan con anterioridad y serán dispuestos para quienes tenían turnos asignados previamente.

5. La Unidad para las Víctimas realiza la colocación de los mismos, de acuerdo con los resultados del modelo de identificación de carencias, durante un año sin que medie una nueva solicitud, garantizando de esta manera la atención de los hogares en su primer año de desplazamiento y hogares en situación de extrema urgencia y vulnerabilidad.

6. Las estrategias de articulación con las mesas de víctimas, organizaciones e instituciones están vigentes y disponibles para que los representantes municipales y departamentales puedan incidir en los territorios. Por ello, la Unidad para las Víctimas brindará el acompañamiento que se requiera para lograr la atención de la población más vulnerable.

Con el propósito de dar continuidad a los planes de trabajo ya trazados y materializar la incidencia y participación efectiva, la Unidad para las Víctimas seguirá fortaleciendo los espacios mediante una labor mancomunada con las mesas municipales, departamentales y nacional a través de los diferentes medios y canales tecnológicos dispuestos.

Se informa a la Mesa Nacional de Víctimas la continuidad de los servicios de correo unidadenlinea@unidadvictimas.gov.co, notificación electrónica, el servicio de outbound (salida de llamadas), la atención por medio de SMS, respuestas a PQR y el servicio de Buzón, donde podrán dejar sus datos para contactarlos y posteriormente brindarles atención personalizada.