Bogotá Tema del Día ultimahora

Revisiones técnico-mecánicas deberán ser renovadas antes del 16 de julio

La Alcaldía de Bogotá incluyó en el Decreto 143 de 2020 a los Centros de Diagnóstico Automotriz (CDA), que se encargan, entre otros servicios, de realizar la revisión técnico-mecánica de los vehículos, entre los sectores autorizados para entrar en funcionamiento, luego de realizar diferentes pilotos y verificar el cumplimiento estricto de las medidas.

De esta manera, la Secretaría de Salud, la Secretaría de Desarrollo Económico, la Secretaría Distrital de Movilidad, la Policía Nacional y la Policía de Tránsito de Bogotá controlarán que estos establecimientos de comercio reabran al público de manera gradual, mientras se adecúan y cumplen con los protocolos de bioseguridad establecidos, para que las personas puedan ponerse al día con la revisión técnico-mecánica de sus vehículos.

En este sentido, la Administración Distrital estableció un plazo de un mes (entre el 16 de junio y el 16 de julio) para renovar este trámite siempre y cuando se les haya vencido este documento durante la cuarentena y los vehículos estén matriculados en Bogotá, lo que, además, los exime de una sanción por parte de la Policía de Tránsito.

No obstante, la medida no cobija a quiénes se les haya vencido antes del 20 de marzo (no están cubiertos por el plazo adicional) o quienes estén matriculados fuera de Bogotá para los cuales se vence el plazo el 30 de Junio.

Medidas que están tomando los Centros de Diagnóstico Automotor (CDA):

· Agendamiento de citas para la revisión técnico-mecánica con los centros de diagnóstico automotor.

· Usa obligatorio de tapabocas. El uso de tapabocas que cubran nariz y boca será obligatorio para todas las personas que adelanten actividades fuera de sus domicilios. No se permitirá el ingreso de personas sin el uso de tapabocas a estos establecimientos.

· Garantizar el distanciamiento físico de dos (2) metros entre clientes y/o en el área administrativa y área de espera del centro de diagnóstico.

· Señalar de forma clara la distancia de seguridad interpersonal de dos (2) metros entre clientes, con marcas en el suelo, o mediante cualquier otro tipo de señalización para aquellos casos en los que sea posible la atención individualizada de más de un cliente al mismo tiempo, que no podrá realizarse de manera simultánea por el mismo empleado.

· En los locales comerciales en los que no sea posible mantener dicha distancia, se permitirá únicamente la permanencia dentro del local de un cliente. No se permitirá la aglomeración de personas.

· Se exige el ingreso de solo el conductor o propietario del vehículo al centro de diagnóstico

· Toma de temperatura al propietario o conductor del vehículo.

· Implementación de medidas de higiene como el lavado de manos, desinfección del calzado, uso de gel antibacterial, etc. A su vez, realizar al menos dos veces al día, una limpieza de las instalaciones del establecimiento.

· Establecer un horario preferencial de atención para personas mayores de 60 años, mujeres en estado de gestación y personal médico y del sector salud.

· Desinfección vehicular a la entrada y salida del centro de diagnóstico automotor.

Medidas que deben tomar los Centros de Diagnóstico Automotor (CDA) con sus empleados:

· Brigada de desinfección diaria en la entrada del centro de diagnóstico automotor.

· Dotación de implementos de bioseguridad (trajes – tapabocas – guantes –caretas) que cumplan con las especificaciones expedida por el Ministerio de Salud.

· Realizar tomas de temperatura al ingreso del Centro de diagnóstico automotor y posteriormente cada 4 horas a sus empleados.

· Se implementará cronograma de lavado de manos cada 3 horas por cada empleado.

· Se dejará la distancia entre trabajadores de dos (2) metros con el fin de dar cumplimiento a lo estipulado por el Ministerio de Salud.

· Este tipo de empresas deben promover entre sus empleados, el uso de medios de transporte alternativos que no sean de uso masivo para evitar la propagación del coronavirus. También es necesario el desplazamiento de sus empleados en horas valle para que no se vean expuestos a aglomeraciones en los medios de transporte masivos.

Inscripción de los Centros de Diagnóstico Automotor (CDA) ante el Distrito para su funcionamiento:

Todos los sectores de la economía autorizados deberán adoptar los protocolos de bioseguridad establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social y la Secretaría Distrital de Salud y registrarlos en el aplicativo www.bogota.gov.co/reactivacion-economica.

Estas empresas y establecimientos deberán previamente antes de dar inicio a sus actividades inscribirse en la plataforma www.bogota.gov.co/reactivacion-economica y de la misma forma, deberán registrar sus Planes de Movilidad Segura de conformidad con lo establecido en los artículos 2º y 3º del Decreto 121 de 2020 en donde deberán establecer medidas para que sus trabajadores se movilicen en medios alternativos al Sistema Transmilenio y con estricta sujeción a los turnos de trabajo establecidos por la Administración Distrital.

Los horarios de funcionamiento autorizados en Bogota? para cada una de las actividades econo?micas autorizadas por el gobierno nacional pueden consultarse en la pa?gina web www.bogota.gov.co/reactivacion-economica.

Tanto el registro de los protocolos de bioseguridad y los planes de movilidad segura se entenderán rendidos bajo la gravedad de juramento. Una vez realicen el registro y se expida la autorización vía correo electrónico, las empresas y establecimientos de comercio pertenecientes a los nuevos sectores exceptuados podrán dar inicio a sus labores.