Bogotá

Corte Constitucional ordena a la Cárcel Distrital tomar medidas para evitar abusos

La Corte Constitucional ordenó a la dirección de la Cárcel Distrital de Bogotá tomar medidas para evitar posibles abusos y tratos humillantes contra los reclusos y visitantes del centro.

La instrucción indica que se deben prohibir las requisas en partes íntimas y obligar a las personas a desnudarse o cumplir con actividades físicas como sentadillas.

El alto tribunal indicó que en un plazo de quince días, contados a partir de la notificación del fallo, se deberá presentar e implementar un nuevo protocolo de seguridad.

“En este protocolo debe indicarse con claridad que las requisas intrusivas llevadas a cabo por parte de la guardia del establecimiento carcelario se encuentran constitucionalmente prohibidas. La información del nuevo protocolo referente a las requisas deberá ser ubicada en un lugar visible para las personas privadas de la libertad y los visitantes”, indica.

El Gobierno local se pronunció acerca de la decisión y asegura que “para el efectivo cumplimiento de esta orden, la Secretaría de Seguridad Convivencia y Justicia de la Alcaldía de Bogotá prestará al establecimiento carcelario toda la asistencia administrativa, presupuestal y logística que se requiera”.

Este fallo surge después de que Dayro Camilo Barrera y otros 107 reclusos presentaran una tutela ante la Corte Constitucional para notificar que a ellos y a sus familiares se les vulneraron sus derechos fundamentales. Los hechos denunciados ocurrieron el 26 de mayo de 2019 y especifican que ese día los visitantes de la cárcel fueron sometidos a requisas abusivas y humillantes.

Según la tutela, las mujeres visitantes fueron obligadas a desnudarse y a algunas les tocaron sus partes íntimas. A los internos también se les obligó a realizar de 3 a 5 sentadillas desnudos y con las manos en la cabeza. Seguidamente los guardias les ordenaron darse vuelta y “levantar los testículos y correr el prepucio del pene hacia atrás”, relatan. Además, en ocasiones se les ha impuesto usar uniforme sin diferenciar la situación jurídica que enfrenta cada uno.

Teniendo en cuenta estos hechos, la magistrada Cristina Pardo defendió los derechos a la dignidad, en el sentido de no ser sometidos a tratos o penas crueles inhumanos o degradantes, a la presunción de inocencia, al debido proceso, a la honra y al buen nombre de las víctimas.

Además del fallo, la Corte Constitucional también ordenó compulsar copias a la Fiscalía y a la Procuraduría para investigar los hechos.