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Reconocimiento recíproco de licencias de conducción entre Colombia, Portugal y Argentina

MinTransporte

Colombia firmó un acuerdo con Portugal y Argentina, para reconocimiento recíproco de licencias de conducción, en pro de fortalecer la relaciones internaciones en materia de circulación y seguridad vial.

Digitalizar trámites como licencias de conducción, le permitirá a portugueses y argentinos, homologar el documento en Colombia y de igual manera, para los colombianos en Portugal y Argentina.

El viceministro de Relaciones Exteriores de Colombia, Francisco Coy, fue a Lisboa donde se reunió con Francisco André, secretario de Estado de Asuntos Exteriores y Cooperación de Portugal, donde desarrollaron agenda conjunta. Allí, suscribieron el Acuerdo de reconocimiento mutuo de licencias dirigido a turistas y visitantes en estadías cortas y en un futuro, será para los residentes permanentes.

El acuerdo con Argentina se firmó entre el canciller, Álvaro Leyva Durán y su homólogo, Santiago Cafiero, donde cada país reconocerá las licencias de conducción nacionales emitidas por la autoridad competente de la otra parte, ya sea para residentes o turistas. En el caso de residentes, la licencia tendrá vigencia hasta la fecha de la licencia concedida por el Estado de origen y para los ciudadanos en calidad de turistas con vigencia máxima de 180 días.

El ministro de Transporte, Guillermo Francisco Reyes González, indicó «es otro de nuestros logros tempranos y una noticia muy importante para todos los colombianos. Gracias a la firma del acuerdo se beneficiarán cerca de 9.000 colombianos, que de manera temporal circulan por las vías argentinas, así como a los 3.500 argentinos que se movilizan en Colombia”.

Excepciones en el reconocimiento recíproco de licencias de conducción:
  • Cuando el solicitante no es nacional de los Estados parte del Acuerdo.
  • Cuando la licencia de conducir haya sido expedida u otorgada por reconocimiento o canje con un tercer Estado.
  • Cuando el formato de la licencia de conducir no corresponda al último establecido por el país de origen y/o cuando la licencia de conducir no se encuentra vigente en la categoría que solicita para el reconocimiento.