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JEP convoca audiencia de observaciones sobre versiones de militares vinculados con «falsos positivos» en el Meta

–La Jurisdicción Especial para la Paz, JEP, convocó para el 23 y 24 de febrero una audiencia pública en Villavicencio, dentro del Caso 03, que investiga los asesinatos y desapariciones forzadas presentados como bajas en combate por agentes del Estado, en la cual las víctimas expondrán sus observaciones y demandas de verdad sobre las 68 versiones entregadas por exintegrantes de las Fuerzas Militares frente a por lo menos 70 crímenes documentados hasta ahora.

La JEP indicó que las víctimas y sus representantes legales expresarán sus opiniones entorno a las versiones rendidas por los integrantes del Batallón de Infantería No. 21 ‘Batalla Pantano de Vargas’, estructura militar priorizada por la Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad, debido al significativo incremento de muertes ilegítimamente presentadas como bajas en combate entre los años 2002 y 2007. Las versiones fueron rendidas por un mayor general, tres coroneles, un teniente coronel, entre otros oficiales y suboficiales sometidos ante esta Jurisdicción.

La definición del universo provisional de hechos del Subcaso Meta se dio en medio de la valoración de las pruebas recabadas por la JEP que, entre otras cosas, incluye cuatro informes aportados por las organizaciones de víctimas, de derechos humanos y la Fiscalía General de la Nación, así como la contrastación judicial de la JEP con procesos de las justicias ordinaria y penal militar.

Así mismo, la Sala de Reconocimiento de Verdad inspeccionó más de un centenar de archivos pertenecientes al Batallón de Infantería No. 21 ‘Batalla Pantano de Vargas’. Estos documentos oficiales incluyen libros de programas operacionales, misiones tácticas, órdenes del día, radiogramas operacionales y las carpetas de las operaciones militares en las cuales se reportaron las falsas ‘bajas en combate’.

La audiencia de observaciones orienta la participación de las víctimas hacia la restauración temprana de sus derechos fundamentales. Según la Sección de Apelación de la JEP, la memoria de las víctimas es fundamental para determinar con precisión la hora, el lugar, los autores y las circunstancias en las que se perpetraron los crímenes internacionales, esclarecer las motivaciones de sus perpetradores, el contexto o el plan en el que se insertaron los ataques, los cuales son elementos claves para el proceso de contrastación de la investigación.

Por último, la diligencia judicial contribuirá a darle un rostro a las víctimas, a su sufrimiento, a sus reivindicaciones, y asimismo expondrá los daños individuales, familiares y comunitarios que causaron los comparecientes con sus acciones. En este sentido, mientras que en las versiones voluntarias se escuchó la voz de los comparecientes, en las audiencias de observaciones son las víctimas quienes tienen la palabra.