Cundinamarca

Gobernación rechaza el procedimiento de elección del Rector de la Universidad de Cundinamarca – UDEC

El 06 de diciembre de 2023, el Consejo Superior de la UDEC llevó a cabo la elección del Rector de la institución para el periodo 2023 – 2027, sin la participación del Departamento de Cundinamarca ni de la Presidencia de la República y con presuntas irregularidades en el proceso de convocatoria y en el desarrollo de la sesión.

El Departamento de Cundinamarca presenta su rechazo a la elección del Rector de la UDEC, por la forma como se adelantó la sesión en que se realizó la misma, en medio de una citación cuestionable, remitida en horas de la noche, sin allegar previamente los soportes documentales esenciales para el desarrollo de la sesión respectiva y sin permitir a los interesados contar con información del nuevo cronograma del proceso de elección, lo anterior pese a las alertas remitidas por la delegada del departamento, vía correo electrónico, antes de la elección y que a la fecha siguen sin respuesta.

El día martes 5 de diciembre, a tan sólo algunas horas de que la Procuraduría resolviera las recusaciones que mantenían el proceso de elección suspendido, sobre las 8:00 pm, vía correo electrónico, 4 consejeros formalizaron la citación para elegir al rector el día siguiente, esto es el 6 de diciembre.

Esta citación no contó con la debida planificación que garantizara la participación de la totalidad de los miembros del Consejo Superior.

Adicionalmente, esta convocatoria no incluyó el orden del día, ni soportes documentales de los temas a tratar; sin embargo el desarrollo de la sesión abordó el trámite de la recusación en contra de la Secretaria Técnica del Consejo; lo que evidencia que en pocas horas la Universidad, en un procedimiento exprés eligiera el rector sin las garantías de participación, publicidad y transparencia para con todos los miembros del Consejo y comunidad académica y estudiantil interesada.
En conclusión, la elección del Rector se dio:

  1. Sin contar con la asistencia de mi delegada, quien funge como Presidente del Consejo y sin la representación de la Presidencia de la República.
  2. Resolviendo asuntos que no se encontraban previstos dentro de la convocatoria y que mantenían la suspensión del proceso de elección, y en consecuencia, sin remisión formal de los respectivos actos administrativos para la revisión y estudio de los Consejeros, evidenciándose una falta total de planeación.
  3. Sin haberse realizado la debida publicidad de la fecha y hora de elección del Rector de la institución, con el fin de informar a la comunidad universitaria e interesados en general, y así brindar mayor transparencia al proceso.
    Corresponderá a las instancias judiciales determinar la legalidad de este procedimiento respecto al cual el Departamento presenta su rechazo.