Supersalud impone segunda medida cautelar a Audifarma por no abastecer debidamente los medicamentos en puntos de dispensación de EPS
–La Superintendencia Nacional de Salud anunció este martes que impuso medida cautelar a Audifarma por las «múltiples situaciones» que se vienen presentando con este gestor farmacéutico, entre las cuales se encuentra un completo desabastecimiento de medicamentos en algunos puntos de dispensación.
El organismo de control cita, entre otros, el caso de Quibdó, la capital del Chocó, donde el propio Superintendente Giovanny Rubiano García y su equipo de colaboradores corroboró la grave situación en visita de inspección realizada el pasado 8 de marzo de 2025, pese a que para este municipio, el contrato con NUEVA EPS está vigente.
Explicó que durante la visita, se identificó un notorio desabastecimiento de inventario de medicamentos en las estanterías, algunos de ellos tan básicos como el Acetaminofén, así como otros de alto costo para tratamiento de cáncer.
Añadió que en diálogo con usuarios de ese punto, se pudo constatar que algunos afiliados registran medicamentos pendientes de entrega desde el mes de diciembre de 2024.
Por esta razón, subrayó, la Superintendencia Nacional de Salud decidió imponer “medida cautelar de cesación provisional de las acciones que ponen en riesgo la vida o la integridad física de los afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud por intermedio de la NUEVA EPS, adoptando los correctivos necesarios que garanticen la dispensación de tecnologías en salud de forma oportuna, continua y de calidad en garantía del derecho fundamental a la salud de los usuarios”.
Estos correctivos se deben materializar con las siguientes acciones:
1-La suspensión de las acciones de cierre de los establecimientos farmacéuticos que prestan el servicio de dispensación de tecnologías en salud a los usuarios afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud por intermedio de la NUEVA EPS, por el término de dos (2) meses, prorrogables por un período igual, hasta tanto se demuestre que tales decisiones administrativas y civiles no vulneran el derecho fundamental a la salud de las personas.
2-Realizar la gestión necesaria y dar solución a la entrega de tecnologías en salud que se encuentren pendientes al momento del cierre, previo al desmonte efectivo de los establecimientos farmacéuticos definidos para el proceso de dispensación a los usuarios de la NUEVA EPS.
3-Informar a la Superintendencia Delegada para Operadores Logísticos de Tecnologías en Salud y Gestores Farmacéuticos por cada cierre de establecimiento farmacéutico que se realice y, previo a este, enviar a los correos de la Superintendencia Nacional de Salud previstos en el presente acto, con copia a la NUEVA EPS para que adelante las gestiones necesarias para cumplir con sus obligaciones de aseguramiento.
Finalmente, con el fin de garantizar el cumplimiento de esta medida, la Superintendencia Nacional de Salud, de forma adicional, ordenó la entrega de informes, con los cuales adelantará acciones de inspección, vigilancia y control.

