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EE.UU: La fecha nacional de independencia del 4 de julio; lo que hay que saber

–Lo que hoy se conoce como Estados Unidos estaba formado por 13 colonias pertenecientes a Gran Bretaña; sin embargo, el 4 de julio de 1776, los representantes de esas colonias firmaron la Declaración de Independencia, un documento que reconoce a Estados Unidos como una nación independiente. Y como tal, en esta fecha se celebra el magno acontecimiento.

Todo comenzó en la Guerra de la Independencia, con un conflicto que enfrentó a las Trece Colonias británicas originales en América del Norte contra el Reino de Gran Bretaña. Ocurrió entre 1775 y 1783, finalizando con la derrota británica en la batalla de Yorktown y la firma del Tratado de París. George Washington, fue el hombre que llevó a Estados Unidos a la independencia, siendo el primer presidente de los Estados Unidos entre 1789 y 1797.

El 2 de julio de 1776, el congreso continental votó a favor de la independencia y dos días más tarde delegados de las Trece Colonias adoptan la Declaración de la Independencia, un documento histórico elaborado por Thomas Jefferson. Desde 1776 hasta la actualidad, el 4 de julio se ha celebrado como el nacimiento de la independencia americana y desde 1941 es considerada como Fiesta Federal.

Thomas Jefferson, quien fue el primer secretario de Estado de George Washington (1790–1793) y posteriormente se convirtió en el tercer presidente EE.UU, tardó solo 17 días en redactar la Declaración de Independencia. Su texto quedó así:

«Cuando en el curso de los acontecimientos humanos se hace necesario para un pueblo disolver los vínculos políticos que lo han ligado a otro y tomar entre las naciones de la tierra el puesto separado e igual a que las leyes de la naturaleza y el Dios de esa naturaleza le dan derecho, un justo respeto al juicio de la humanidad exige que declare las causas que lo impulsan a la separación.

Sostenemos como evidentes estas verdades: que todos los hombres son creados iguales; que son dotados por su Creador de ciertos derechos inalienables; que entre éstos están la vida, la libertad y la búsqueda de la felicidad; que para garantizar estos derechos se instituyen entre los hombres los gobiernos, que derivan sus poderes legítimos del consentimiento de los gobernados; que cuando quiera que una forma de gobierno se haga destructora de estos principios, el pueblo tiene el derecho a reformarla o abolirla e instituir un nuevo gobierno que se funde en dichos principios, y a organizar sus poderes en la forma que a su juicio ofrecerá las mayores probabilidades de alcanzar su seguridad y felicidad. La prudencia, claro está, aconsejará que no se cambie por motivos leves y transitorios gobiernos de antiguo establecidos; y, en efecto, toda la experiencia ha demostrado que la humanidad está más dispuesta a padecer, mientras los males sean tolerables, que a hacerse justicia aboliendo las formas a que está acostumbrada. Pero cuando una larga serie de abusos y usurpaciones, dirigida invariablemente al mismo objetivo, demuestra el designio de someter al pueblo a un despotismo absoluto, es su derecho, es su deber , derrocar ese gobierno y establecer nuevos resguardos para su futura seguridad. Tal ha sido el paciente sufrimiento de estas colonias; tal es ahora la necesidad que las obliga a reformar su anterior sistema de gobierno. La historia del actual Rey de la Gran Bretaña es una historia de repetidos agravios y usurpaciones, encaminados todos directamente hacia el establecimiento de una tiranía absoluta sobre estos estados. Para probar esto, sometemos los hechos al juicio de un mundo imparcial.

(Aquí los colonos exponen Unos 25 agravios concretos de que acusan al monarca británico. Entre otras cosas… se ha negado a dar su asentimiento a las leyes necesarias para el bien público; [nos ha impuesto] «contribuciones sin nuestro consentimiento», etc.)

En cada etapa de estas opresiones, hemos pedido justicia en los términos más humildes: a nuestras repetidas peticiones se ha contestado solamente con repetidos agravios. Un Príncipe, cuyo carácter está así señalado co n cada uno de los actos que pueden definir a un tirano, no es digno de ser el gobernante de un pueblo libre.

Tampoco hemos dejado de dirigirnos a nuestros hermanos británicos. Los hemos prevenido de tiempo en tiempo de las tentativas de su poder legislativo para englobarnos en una jurisdicción injustificable. Les hemos recordado las circunstancias d e nuestra emigración y radicación aquí. Hemos apelado a su innato sentido de justicia y magnanimidad, y los hemos conjurado, por los vínculos de nuestro parentesco, a repudiar esas usurpaciones, las cuales interrumpirían inevitablemente nuestras relaciones y correspondencia. También ellos han sido sordos a la voz de la justicia y de la consanguinidad. Debemos, pues, convenir en la necesidad, que establece nuestra separación y considerarlos, como consideramos a las demás colectividades humanas: enemigos en la guerra, en la paz, amigos.

Por lo tanto, los Representantes de los Estados Unidos de América, convocados en Congreso General, apelando al Juez Supremo del mundo por la rectitud de nuestras intenciones, en nombre y por la autoridad del buen pueblo de estas Colonias, solemnemente hacemos público y declaramos: Que estas Colonias Unidas son, y deben serlo por derecho, Estados Libres e Independientes; que quedan libres de toda lealtad a la Corona Británica, y que toda vinculación política entre ellas y el Estado de la Gran Bretaña queda y debe quedar totalmente disuelta; y que, como Estados Libres o Independientes, tienen pleno poder para hacer la guerra, concertar la paz, concertar alianzas, establecer el comercio y efectuar los actos y providencias a que tienen derecho los Estados independientes.

Y en apoyo de esta Declaración, con absoluta confianza en la protección de la Divina Providencia, empeñamos nuestra vida, nuestra hacienda y nuestro sagrado honor». Fin de la declaración.

La Constitución de Estados Unidos tiene 27 enmiendas o modificaciones. Las primeras 10 enmiendas son conocidas como La Carta de Derechos. Esta garantiza protecciones mayores a las libertades individuales y describe prohibiciones específicas sobre el poder del Gobierno.

Tras la declaración de Independencia, vino la Carta de Derechos del 3 de noviembre de 1791, que consta de 10 artículos:

Artículo Primero

El Congreso no hará ley alguna por la que adopte una religión como oficial del Estado o se prohíba practicarla libremente, o que coarte la libertad de palabra o de imprenta, el derecho del pueblo para reunirse pacíficamente y para p edir al gobierno la reparación de agravios.

Artículo Segundo

Siendo necesaria una milicia bien ordenada para la seguridad de un Estado Libre, no se violará el derecho del pueblo de poseer y portar armas.

Artículo Tercero

En tiempo de paz a ningún militar se le alojará en casa alguna sin el consentimiento del propietario; ni en tiempo de guerra, como no sea en la forma que prescriba la ley.

Artículo Cuarto

El derecho de los habitantes de que sus personas, domicilios, papeles y efectos se hallen a salvo de pesquisas y aprehensiones arbitrarias, será inviolable, y no se expedirán al efecto mandamientos que no se apoyen en un motivo verosímil , estén corroborados mediante juramento o protesta y describan con particularidad el lugar que deba ser registrado y las personas o cosas que han de ser detenidas o embargadas.

Artículo Quinto
Nadie estará obligado a responder de un delito castigado con la pena capital o con otra infamante si un gran jurado no lo denuncia o acusa, a excepción de los casos que se presenten en las fuerzas de mar o tierra o en la milicia nacional cuan do se encuentre en servicio efectivo en tiempo de guerra o peligro público; tampoco se pondrá a persona alguna dos veces en peligro de perder la vida o algún miembro con motivo del mismo delito; ni se le compelerá a declarar contra sí misma en ningún juicio criminal; ni se le privará de la vida, la libertad o la propiedad sin el debido proceso legal; ni se ocupará la propiedad privada para uso público sin una justa indemnización.

Artículo Sexto

En toda causa criminal, el acusado gozará del derecho de ser juzgado rápidamente y en público por un jurado imparcial del distrito y Estado en que el delito se haya cometido, Distrito que deberá haber sido determinado previamente po r la ley; así como de que se le haga saber la naturaleza y causa de la acusación, de que se le caree con los testigos que depongan en su contra, de que se obligue a comparecer a los testigos que le favorezcan y de contar con la ayuda de un aboga do que le defienda.

Artículo Séptimo

El derecho a que se ventilen ante un jurado los juicios sujetos al «Common Law» en que el valor que se controvierta exceda de 20 dólares, será garantizado, y ningún hecho de que haya conocido un jurado será objeto de nuevo examen en tribunal alguno de los Estados Unidos, como no sea con arreglo a las normas del «Common Law».

Artículo Octavo

No se exigirán fianzas excesivas, ni se impondrán multas excesivas, ni se infligirán penas crueles y desusadas.

Artículo Noveno

No por el hecho de que la Constitución enumera ciertos derechos ha de entenderse que niega o menosprecia otros que retiene el pueblo.

Artículo Decimo

Los poderes que la Constitución no delega a los Estados Unidos ni prohíbe a los Estados, quedan reservados a los Estados respectivamente o al pueblo.

El primer presidente de los EE.UU fue George Washington, llamado el «Padre de la Patria». Comandó el Ejército Continental durante la Guerra de Independencia de Estados Unidos (1775-1783) y presidió la convención que redactó la Constitución estadounidense

Desde que se estableció el cargo en 1789, 45 hombres han servido en 47 presidencias; la discrepancia surge de dos individuos elegidos para mandatos no consecutivos: Grover Cleveland es contabilizado como el 22º y 24º presidente, mientras que Donald Trump es contabilizado como el 45º y 47º presidente.

Otra fecha importante de la Unión Americana es el Día de Acción de Gracias (“Thanksgiving”), que se celebra el cuarto jueves de noviembre. Esta tradición tiene su origen en 1621, cuando los colonos ingleses celebraron, con los nativos de la zona, el éxito de su primera cosecha durante tres días consecutivos.

De los colonos que habían llegado el año anterior, en el barco “Mayflower”, a la colonia de Plymouth (parte del actual estado de Massachusetts), solo la mitad logró sobrevivir el primer invierno, por lo cual la cosecha exitosa del año siguiente fue motivo de celebración y gratitud.

La celebración de los colonos, en la que compartieron pavo, calabazas y frutas secas con los nativos, hoy se conoce como el primer Día de Acción de Gracias, sin embargo, no se volvió a repetir hasta muchos años después.

En 1789, el presidente George Washington declaró como festividad nacional el Día de Acción de Gracias, que ese año se celebró el jueves 26 de noviembre. Durante años en cada estado la festividad se celebró en días diferentes.

En 1863, el presidente Lincoln proclamó el último jueves de noviembre como el Día Nacional de Acción de Gracias. Durante mucho tiempo después de esto, el presidente de Estados Unidos proclamaba anualmente el día de acción de gracias.

En 1941, finalmente, el Congreso decretó este día como feriado legal.