Foto: Alcaldía Mayor de Bogotá – Juan Pablo Bello.
Aquí sí pasa, conoce cómo opera la medida de pico y placa en Bogotá, mi Ciudad, mi Casa del 1 al 31 de diciembre de 2025 para vehículos particulares, según el calendario definido por la Secretaría Distrital de Movilidad (SDM). ¡Toma nota y programa tus recorridos!
La restricción de pico y placa rige de lunes a viernes, de 6:00 a. m. a 9:00 p. m. Aquí encuentras en detalle calendario por días, para que puedas planear tus viajes durante este mes de diciembre.
Así opera la medida de pico y placa en Bogotá para vehículos particulares
- En días impares pueden circular los vehículos particulares con placa terminada en: 1, 2, 3, 4 y 5.
- En días pares pueden circular los vehículos particulares con placa terminada en: 6, 7, 8, 9 y 0.
Así opera el pico y placa en Bogotá para vehículos particulares durante diciembre de 2025
Semana del 1 al 7 de diciembre
Lunes 1 de diciembre: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.
Martes 2 de diciembre: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.
Miércoles 3 de diciembre: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.
Jueves 4 de diciembre: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.
Viernes 5 de diciembre: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.
Sábado 6 de diciembre: No aplica la medida de pico y placa.
Domingo 7 de diciembre: No aplica la medida de pico y placa.
Semana del 8 al 14 de diciembre
Lunes festivo 8 de diciembre: No aplica medida de pico y placa dentro de la ciudad por ser día festivo. Rige pico y placa regional de ingreso a Bogotá.
Martes 9 de diciembre: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.
Miércoles 10 de diciembre: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.
Jueves 11 de diciembre: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.
Viernes 12 de diciembre: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.
Sábado 13 de diciembre: No aplica la medida de pico y placa.
Domingo 14 de diciembre: No aplica la medida de pico y placa.
Semana del 15 al 21 de diciembre
Lunes 15 de diciembre: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.
Martes 16 de diciembre: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.
Miércoles 17 de diciembre: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.
Jueves 18 de diciembre: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.
Viernes 19 de diciembre: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.
Sábado 20 de diciembre: No aplica la medida de pico y placa.
Domingo 21 de diciembre: No aplica la medida de pico y placa.
Semana del 22 al 28 de diciembre
Lunes 22 de diciembre: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.
Martes 23 de diciembre: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.
Miércoles 24 de diciembre: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.
Jueves festivo 25 de diciembre: No aplica la medida de pico y placa por ser día festivo.
Viernes 26 de diciembre: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.
Sábado 27 de diciembre: No aplica la medida de pico y placa.
Domingo 28 de diciembre: No aplica la medida de pico y placa.
29 al 31 de diciembre
Lunes 29 de diciembre: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.
Martes 30 de diciembre: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.
Miércoles 31 de diciembre: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.
Así opera el pico y placa regional de ingreso a Bogotá
La medida de pico y placa regional de ingreso a Bogotá funciona el último día de todos los puentes festivos o cuando lo establezca la Administración distrital, en los nueve corredores de ingreso a la capital del país.
A partir de las 12:00 del mediodía y hasta las 4:00 p. m., sólo se permite el ingreso a Bogotá de los vehículos con placas terminadas en número par; de 4:00 p. m. a 8:00 p. m. se permite el ingreso de los vehículos con placas impares.



