Bogotá

Así opera el pico y placa en Bogotá para vehículos particulares durante diciembre de 2025

Foto de una vía de Bogotá donde resaltan varios vehículosFoto: Alcaldía Mayor de Bogotá – Juan Pablo Bello.

Aquí sí pasa, conoce cómo opera la medida de pico y placa en Bogotá, mi Ciudad, mi Casa del 1 al 31 de diciembre de 2025 para vehículos particulares, según el calendario definido por la Secretaría Distrital de Movilidad (SDM). ¡Toma nota y programa tus recorridos!

La restricción de pico y placa rige de lunes a viernes, de 6:00 a. m. a 9:00 p. m. Aquí encuentras en detalle calendario por días, para que puedas planear tus viajes durante este mes de diciembre.

Así opera la medida de pico y placa en Bogotá para vehículos particulares

  • En días impares pueden circular los vehículos particulares con placa terminada en: 1, 2, 3, 4 y 5.
  • En días pares pueden circular los vehículos particulares con placa terminada en: 6, 7, 8, 9 y 0.

Así opera el pico y placa en Bogotá para vehículos particulares durante diciembre de 2025

Semana del 1 al 7 de diciembre

Lunes 1 de diciembre: pueden circular los vehículos con placas terminadas en  1, 2, 3, 4 y 5.

Martes 2 de diciembre: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.

Miércoles 3 de diciembre: pueden circular los vehículos con placas terminadas en  1, 2, 3, 4 y 5.

Jueves 4 de diciembre: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.

Viernes 5 de diciembre: pueden circular los vehículos con placas terminadas en  1, 2, 3, 4 y 5.

Sábado 6 de diciembre: No aplica la medida de pico y placa.

Domingo 7 de diciembre: No aplica la medida de pico y placa.

Semana del 8 al 14 de diciembre

Lunes festivo 8 de diciembre: No aplica medida de pico y placa dentro de la ciudad por ser día festivo. Rige pico y placa regional de ingreso a Bogotá.

Martes 9 de diciembre: pueden circular los vehículos con placas terminadas en  1, 2, 3, 4 y 5.

Miércoles 10 de diciembre: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.

Jueves 11 de diciembre: pueden circular los vehículos con placas terminadas en  1, 2, 3, 4 y 5.

Viernes 12 de diciembre: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.

Sábado 13 de diciembre: No aplica la medida de pico y placa.

Domingo 14 de diciembre: No aplica la medida de pico y placa.

Semana del 15 al 21 de diciembre

Lunes 15 de diciembre: pueden circular los vehículos con placas terminadas en  1, 2, 3, 4 y 5.

Martes 16 de diciembre: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.

Miércoles 17 de diciembre: pueden circular los vehículos con placas terminadas en  1, 2, 3, 4 y 5.

Jueves 18 de diciembre: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.

Viernes 19 de diciembre: pueden circular los vehículos con placas terminadas en  1, 2, 3, 4 y 5.

Sábado 20 de diciembre: No aplica la medida de pico y placa.

Domingo 21 de diciembre: No aplica la medida de pico y placa.

Semana del 22 al 28 de diciembre

Lunes 22 de diciembre: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.

Martes 23 de diciembre: pueden circular los vehículos con placas terminadas en  1, 2, 3, 4 y 5.

Miércoles 24 de diciembre: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.

Jueves festivo 25 de diciembre: No aplica la medida de pico y placa por ser día festivo.

Viernes 26 de diciembre: pueden circular los vehículos con placas terminadas en  1, 2, 3, 4 y 5.

Sábado 27 de diciembre: No aplica la medida de pico y placa.

Domingo 28 de diciembre: No aplica la medida de pico y placa.

29 al 31 de diciembre

Lunes 29 de diciembre: pueden circular los vehículos con placas terminadas en  1, 2, 3, 4 y 5.

Martes 30 de diciembre: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.

Miércoles 31 de diciembre: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.

Así opera el pico y placa regional de ingreso a Bogotá

La medida de pico y placa regional de ingreso a Bogotá funciona el último día de todos los puentes festivos o cuando lo establezca la Administración distrital, en los nueve corredores de ingreso a la capital del país.

A partir de las 12:00 del mediodía y hasta las 4:00 p. m., sólo se permite el ingreso a Bogotá de los vehículos con placas terminadas en número par;  de 4:00 p. m. a 8:00 p. m. se permite el ingreso de los vehículos con placas impares.