Por primera vez, el Concejo de Estado consideró que la infidelidad es también una forma de maltrato psicológico y advirtió que se debe generar un cambio cultural para eliminar la idea de que la mujer debe tener un papel de sometimiento hacia su pareja.
El fallo fue emitido respondiendo a una acción de reparación interpuesta por la familia de una mujer que fue asesinada por su esposo en diciembre de 1998.
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Según Stella Conto Díaz, magistrada de la Sección Tercera del Consejo de Estado, la mujer “sufrió inmensamente por la infidelidad de su marido, lo que los obligó a estar en conflicto permanente; independiente de que ella mostrara su situación, fue agravada por el estereotipo de que la mujer debe acostumbrarse a estos comportamientos”.
La sentencia estableció que la infidelidad “le generaba a la víctima un profundo dolor y sentimientos de tristeza, angustia e inseguridad, con consecuencias comprobadas científicamente en su salud física y mental”.
Isabel Londoño, directora ejecutiva de la Fundación Mujeres por Colombia, afirmó que para la mujer sin independencia económica, la infidelidad de su pareja no solo debería ser calificada como una forma de maltrato psicológico, sino una tortura, porque tiene muchas más limitaciones para cortar con esa situación.
“Me siento orgullosa de pensar que tenemos en la Corte magistradas capaces de expresar su sensibilidad humana y hacer que la justicia lo vea; generalmente las personas que se comportan de este modo ni siquiera se comprometen con sus hijos”, expresó Londoño.
