La Superintendencia Nacional de Salud, anunciò que impondrá multas hasta por 2.000 salarios mínimos, a las entidades Promotoras de Salud que incumplan con los preceptos de la ley 1146 de 2007, que ordena la prevención y atención integral de niños y niñas victimas de abuso sexual.
La resolución de la Superintendencia Nacional de Salud, permitirá acelerar los procesos de atención a niños, niñas y adolescentes abusados, favoreciendo una mejor evaluación y apoyo psicológico a las víctimas al permitir preservar la integridad de las evidencias dentro de los procesos judiciales contra abusadores y violadores.
De ahora en adelante las EPS, IPS y EPSS, tendrán que asumir su responsabilidad de atender a las víctimas so pena de ser multadas con sumas superiores a los $990 millones.
La norma establece además, la decisión de multar igualmente de uno a 1.800 salarios mínimos legales mensuales vigentes, $894 millones, a las prestadoras de salud que incumplan con el deber de recoger de forma eficaz y adecuada las evidencias, o de practicar de inmediato las pruebas forenses, patológicas y psicológicas para adelantar el proceso penal correspondiente.
De esta manera se obligará a estas entidades de salud a ser parte activa dentro de los casos de abuso sexual infantil a la hora de encausar a los infractores.