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Cerca de mil militares y policías han tramitado su acceso a la Justicia Especial para la Paz

–El Ministerio de Defensa Nacional informó que cerca de mil integrantes de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional han hecho el tramite para su acceso a la Justicia Especial para la Paz, derivada del acuerdo del fin del conflicto firmado por el gobierno con la guerrilla de las Farc.

Al efecto, la cartera de Defensa indicó que continúa con el proceso de construcción de los listados de miembros de la Fuerza Pública que podrán acceder a los tratamientos contemplados en la Ley 1820 de 2016: “Libertad transitoria, condicionada y anticipada” o “privación de libertad en unidad militar o policial”.

De conformidad con el procedimiento establecido en la Ley 1820 de 2016, al Ministerio de Defensa Nacional le compete exclusivamente la función de consolidar los listados de los miembros de la Fuerza Pública que, prima facie, cumplen con los requisitos determinados en los artículos 52 y 57 de la mencionada normativa.

Agrega que a la fecha se han remitido a la Secretaría Ejecutiva de la Jurisdicción Especial para la Paz seis (6) listados los cuales incluyen 1787 miembros de la Fuerza Pública que, prima facie, cumplen con los requisitos determinados en los artículos 52 y 52 de la Ley 1820 de 2016, los cuales tienen la siguiente distribución por Fuerza:

En el caso de la Fuerza Aérea Colombiana, a la fecha no se han presentado casos de personal uniformado activo o retirado.

Una vez consolidados los listados, el Ministro de Defensa Nacional los remite al Secretario Ejecutivo de la Jurisdicción Especial para la Paz quien tiene la función de verificarlos y de considerarlo necesario los modifica.

Según información recibida desde la Secretaría Ejecutiva de la Jurisdicción Especial para la Paz con fecha a 26 de septiembre del año en curso, dicha instancia ha conceptuado de manera favorable un total de 1000 casos, correspondientes al mismo número de personas con la siguiente distribución:

Una vez la Secretaría Ejecutiva de la JEP emite concepto favorable, remite los casos al funcionario judicial competente, quien adopta la decisión final de conceder o no el tratamiento.

A continuación se detalla el número de miembros de la Fuerza Pública a los cuales se les ha otorgado el tratamiento:

A pesar de que el Ministerio de Defensa Nacional no tiene competencia respecto de los beneficios consagrados en el Decreto Ley 706 de 2017, “Suspensión de la ejecución de las órdenes de captura” y “Revocatoria o sustitución de la medida de aseguramiento”, a continuación se relaciona el número de miembros de la Fuerza Pública que ha accedido a los tratamientos previstos en esta normativa:

A la fecha, un total de 952 miembros de la Fuerza Pública han accedido a los tratamientos previstos en la Ley 1820 de 2016 y el Decreto Ley 706 de 2017, concluye el comunicado.