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Llaman a juicio verbal a exsecretario de la JEP, por autorizar salida del país de exguerrilleros de Farc

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La Procuraduría General de la Nación llamó a audiencia verbal al exsecretario ejecutivo de la Jurisdicción Especial para la Paz, Néstor Raúl Correa Henao, por autorizar la salida del país de 8 excombatientes de las Farc-EP, cuando ya habrían cesado las funciones que le había otorgado la ley de forma transitoria.

Como cargo único el ente de control le pedirá a Correa Henao que explique por qué después del 15 de enero de 2018, fecha en la que perdió competencia para desempeñar funciones jurisdiccionales porque entraron en funcionamiento las Salas de Justicia de la JEP, siguió aprobando salidas del país de excombatientes que se acogieron a esa jurisdicción especial, con lo que habría podido incurrir en extralimitación de funciones.

Los permisos sobre los que Correa Henao deberá dar explicaciones corresponden a los de Luis Ermides Bocanegra Olmos, quien el 18 de enero de 2018 recibió el visto bueno para salir del país entre el 30 de enero y el 30 de mayo, rumbo a España; y Hugo Ancizar Pérez Muñoz, quien fue beneficiario de dos aprobaciones. Una concedida el 1 de marzo de 2018 para viajar entre el 5 y el 30 de marzo a Ecuador y otra previa, que no tiene fecha, para viajar entre el 1 y el 20 de febrero. Sobre estas dos peticiones no existen soportes escritos.

Así mismo, por los casos de Fernando Arellán Barajas, quien el 8 de marzo de 2018 recibió autorización para salir del país entre el 23 y el 29 del mismo mes rumbo a Islas Margarita (Venezuela); Andrés Mauricio Zuluaga Rivera, quien el 22 de marzo recibió el visto bueno para viajar del 4 de abril al 14 de mayo de 2018, a España; Gustavo Joanis Bedoya Matinés, el 23 de marzo le aprobaron viajar del 26 al 30 de mayo; a Israel Alberto Zúñiga Iriarte el 2 de abril de 2018 le concedieron autorización para ir a Ecuador entre el 2 y el 5 de abril, y Pastor Lisandro Alape Liscarro, a quien el 2 de abril el autorizaron un viaje que comenzaba ese día y terminaba el 5.

Para la Procuraduría, con su proceder el investigado violó varias normas de la Constitución, la ley y el Código Disciplinario Único, entre las que se destaca una transgresión del principio de moralidad “que debe abrigar la función administrativa, pues es claro que a los servidores públicos les está prohibido ejercer sus funciones en forma contraria a la prevista en la ley.

La falta del exsecretario ejecutivo de la JEP fue calificada como grave a título de dolo.

La audiencia será convocada en un plazo no mayor a 15 días después de que sea notificado este llamamiento a juicio disciplinario.